Con fraude y prevaricato intentan crear senadores “mau”.
Prosiguiendo con la serie de atropellos cometidos por la judicatura contra nuestra Carta Magna, ahora la jueza electoral María del Carmen Novais insistió, mediante una nota dirigida al titular del Senado, Silvio Ovelar, en que le dé curso al amparo que concedió en favor del expresidente Nicanor Duarte Frutos y que, en consecuencia, le tome el juramento como senador electo, cuando la Constitución dispone que tiene que ser senador vitalicio. Por su parte, el presidente Horacio Cartes denunció a Fernando Lugo ante el Ministerio Público por “evidente abuso de poder y usurpación de funciones públicas”, ya que tampoco él fue convocado para jurar como senador activo. Un repugnante bastardeo de la Constitución Nacional propio de piratas en busca de algún botín. Los ciudadanos y las ciudadanas deben mantenerse en estado de alerta y seguir muy de cerca cuanto vaya ocurriendo en el Senado, para que este órgano colegiado no se postre ante estos dos violadores consuetudinarios de la Constitución, como lamentablemente lo está haciendo más de una vez la judicatura, con toda vileza.
De acuerdo a lo dispuesto por el art. 189 de la Constitución, el senador vitalicio Nicanor Duarte Frutos y el presidente de la República Horacio Cartes nunca debieron haber sido ni siquiera precandidatos a senadores con voz y voto. Sus correligionarios consintieron la clara violación de la prescripción constitucional al no haber impugnado sus respectivas postulaciones ante el Tribunal Electoral Partidario de la ANR, de cara a las elecciones internas del 17 de diciembre de 2017. La censurable omisión implicó, por lo demás, que los contrincantes del Jefe del Poder Ejecutivo estuvieran en desigualdad de condiciones, circunstancia evidenciada por ellos mismos en sus reiteradas quejas acerca de la persecución sufrida por sus adherentes en la función pública, y del empleo de los recursos materiales del Estado en favor de los candidatos del movimiento Honor Colorado. Para evitar esta reprobable clase de desigualdades, justamente, es que el Art. 198 de la Carta Magna exige que los ministros del Poder Ejecutivo, entre otros, deben renunciar al cargo por lo menos 90 días antes de las elecciones. Si esta norma no incluye al presidente de la República es porque, como ordena la Constitución, al renunciar o al concluir su mandato, este se debe convertir obligatoriamente en senador vitalicio. Desde luego, el hecho de que en la ANR se hayan quedado callados y permitieran que los susodichos compitieran en las elecciones internas, no ha dado legitimidad a sus candidaturas en las generales del 22 de abril. Y bien, cuando otras organizaciones políticas posteriormente las impugnaron ante la Justicia Electoral, primero, y ante la Corte Suprema de Justicia, después, ellas fueron avaladas mediante unos fallos aberrantes, incursos en el art. 305 del Código Penal, que reza: “Prevaricato. 1º El juez (...) que, teniendo a su cargo la dirección o decisión de algún asunto jurídico, resolviera violando el derecho para favorecer o perjudicar a una de las partes, será castigado con pena privativa de libertad de dos a cinco años. 2º En los casos especialmente graves, la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta diez años”. En esas sentencias se violó el derecho para favorecer al senador vitalicio Nicanor Duarte Frutos y al presidente de la República, Horacio Cartes, siendo los responsables de ellas los siguientes magistrados: Hermes Medina Oviedo, María Dálida Leiva Cuevas y José María Salinas Riveros, integrantes del Tribunal Electoral de la Capital, Primera Sala; Jaime Bestard y Alberto Ramírez Zambonini, del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE); Miryam Peña, Luis Benítez Riera, Raúl Torres Kirmser, Antonio Fretes, Carlos Escobar y Alicia Pucheta, de la Corte Suprema de Justicia. Valga como aderezo que esta última –hoy vicepresidenta de la República– emitió su voto favorable luego de que el Jefe de Estado le ofreciera ese cargo para que, tras su renuncia, ella se instalara en el Palacio de López hasta el 15 de agosto. Se debe recordar estos nombres, porque, con su abyección o deshonestidad, son los principales culpables de los graves problemas institucionales que está sufriendo nuestro país. La última parte del plan concebido para favorecer al presidente Horacio Cartes, en contra de la Constitución, la moral y el sentido común, no pudo ser ejecutada, debido a la renuencia de una mayoría de senadores, que el 30 de mayo impidió convocada el quorum para tratar en la su sesión dimisión conjunta a la Primera de ambas Magistratura. Cámaras, El titular del Senado, Fernando Lugo, cumplió con su deber de “observar y sostener la Constitución y hacer que ella sea respetada”, al no convocar al actual presidente de la República ni a su antecesor para incorporarse a la Cámara mediante el juramento a prestarse el 30 de junio. El primero presentó el día antes una acción de amparo, admitida con velocidad de relámpago por la jueza electoral María del Carmen Novais, mediante un auto interlocutorio en el que sostuvo que Duarte Frutos ya tenía los deberes y las atribuciones de senador desde el momento en que fue proclamado por el Tribunal Superior de la Justicia Electoral, de lo que resulta que Horacio Cartes, también proclamado, sería hoy a la vez presidente de la República y senador. Con esta increíble estupidez –conclusión lógica del “razonamiento” de la jueza– prosiguió la serie de atropellos cometidos en la judicatura contra nuestra Carta Magna. Ahora la jueza Novais remitió una nota al nuevo titular del Congreso, Silvio Ovelar, para insistir en el cumplimiento del amparo y que el expresidente jure como senador. Por su parte, Horacio Cartes denunció a Fernando Lugo ante el Ministerio Público por “evidente abuso de poder y usurpación de funciones públicas”, ya que tampoco él fue convocado para jurar como senador activo. Cree, por tanto, que él podría ser al mismo tiempo presidente de la República y senador . Un repugnante bastardeo de la Constitución Nacional, propio de piratas en busca de algún botín. Duarte Frutos, quien no se conforma con su condición de senador vitalicio, invoca al pueblo, como si este hubiera podido tachar su nombre y el de Horacio Cartes del boletín de voto por ser violadores consuetudinarios de la Ley Suprema. Los electores tuvieron que tragarse una “lista sábana” enterita , en la que ambos fueron incluidos a raíz de unas decisiones judiciales escandalosas, que causaron una gran incertidumbre en la Nación, a la que puso fin el presidente del Senado con una decisión correcta. El prevaricato manifiesto no puede generar un derecho, así como también el pueblo está sometido a la Constitución. ¿Por qué les cuesta tanto a Duarte Frutos y a Horacio Cartes ajustarse a ella? Porque les consume la ambición de tener en el Senado voz y voto para ejercer allí algún liderazgo que les permita influir en la gestión gubernativa, y porque tienen una personalidad autoritaria, reacia a las normas establecidas para limitar el poder, tanto en la extensión como en la duración de su ejercicio. A ello, justamente, apunta el art. 229 de la Carta Magna, que dice que el presidente de la República no podrá ser reelecto en ningún caso; y el 189, que les otorga la dignidad de senador vitalicio al cesar su mandato. Tanto Duarte Frutos como Horacio Cartes intentaron burlar la primera norma mediante una enmienda inconstitucional, que les falló, y ahora persisten en su empeño en ignorar la segunda, porque no pueden contener su ambición autoritaria. Los ciudadanos y las ciudadanas deben mantenerse en estado de alerta y seguir muy de cerca cuanto vaya ocurriendo en el Senado, para que este órgano colegiado no se postre ante estos dos violadores consuetudinarios de la Constitución, como lamentablemente lo está haciendo más de una vez la judicatura, con toda vileza.