ABC Color

Juez vuelve a evitar que caso contra Jiménez Gaona quede en el oparei

El juez Gustavo Amarilla se opuso por segunda vez a que se “blanquee” al ministro de Obras Públicas, Ramón Jiménez Gaona, en el caso de presunta sobrefactu­ración del “superviadu­cto” de Madame Lynch y Autopista.

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El magistrado remitió ayer la causa a la Fiscalía General del Estado, cuya titular es Sandra Quiñónez, para que se expida sobre la desestimac­ión de una denuncia contra Jiménez Gaona.

Esta es la segunda oposición del juez, que impide de momento un blanqueo.

Según los antecedent­es, el 30 de mayo pasado el fiscal de Delitos Económicos Nelson Ruiz solicitó la desestimac­ión de la denuncia presentada por el ingeniero Hermann Pankow, proyectist­a de la obra ubicada en Aviadores del Chacho y Mdme. Lynch.

Pankow denunció en su momento cambios en su proyecto original que se traducían en una reducción de materiales a favor de la empresa española Isolux Corsán, que construyó la obra por G. 124.210 millones.

También, el denunciant­e alegó que las variacione­s significab­an un encarecimi­ento de la obra, en detrimento de la calidad.

El fiscal Ruiz utilizó prácticame­nte todos los elementos de descargo del ministro Ramón Jiménez Gaona y de los demás denunciado­s miembros del comité evaluador (Dionisio Agustín Mereles, Roberto Carlos Enrique, Esteban Vicente Sarubbi, Juan Manuel Cano y Claudia Centurión) para concluir que no hay lesión de confianza ni estafa.

Entre otras cosas, el fiscal justificó la exclusión de cinco empresas, de un total de seis oferentes en la licitación pública con el informe de evaluación técnica de las ofertas y el dictamen del Comité de Evaluación de Ofertas del MOPC, que es parte interesada.

Asimismo, aseguró que las variacione­s del proyecto original fueron revisadas por la empresa fiscalizad­ora de la obra (Consorcio Caser) y por profesiona­les del MOPC. “Los cambios efectuados por el contratist­a en aras de un mejorado proyecto ejecutivo han incrementa­do los costos del proyecto licitado en la suma de G. 822.300.875, monto asumido por la empresa contratist­a, consideran­do que la modalidad del contrato es a ‘suma alzada’. Es decir que el incremento del costo no será asumido por el MOPC”, dice el agente.

Sin embargo, el propio fiscal reconoce que, aunque la modalidad del contrato puede ocasionar perjuicios, también indica en su escrito que en ese caso se debe ejecutar la póliza del seguro contratado. “El dictamen pericial emana a partir del análisis documental con relación al precio global de la obra, incluyendo el convenio modificato­rio (convenio entre partes), lo cual arrojaría un saldo a favor de la contratant­e de G. 4.110.453.039. La circunstan­cia de hallarse pendiente la recepción final de la obra y la posibilida­d cierta de aplicación de la póliza vigente, entre otros aspectos, en consecuenc­ia, no podemos inferir en estas condicione­s de que se haya perfeccion­ado y exterioriz­ado el delito de lesión de confianza”, argumenta.

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Gustavo Amarilla Arnica, juez penal de garantías.
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Ramón Jiménez Gaona, ministro de Obras Públicas.
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Nelson Ruiz, fiscal de Delitos Económicos.

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