Control sobre origen de carne
LOMA PLATA, Chaco (Marvin Duerksen, corresponsal). La Municipalidad de este distrito aprobó la ordenanza 11/18 por la cual se establecen normas para el faenamiento, transporte y venta de carne. Está vigente desde el 26 de junio.
Tiene como objetivo principal transparentar el origen de la carne vendida al consumidor local, para disipar cualquier duda sobre su procedencia. En el artículo 7 establece que los locales de venta deben documentar la procedencia de la carne y archivar toda la documentación correspondiente por un periodo mínimo de dos años.
La comuna admite que los productores pueden faenar en sus propiedades para el consumo particular. Como carne apta para el consumo humano, la ordenanza entiende aquella que proviene del faenamiento de animales bovinos, porcinos, ovinos y caprinos, procesados en frigoríficos y/o mataderos habilitados por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) y registrados para tal efecto en la Municipalidad.
Para la faena, el ganado
debe contar con guía de traslado, certificado del Senacsa, comprobante de pago, certificado de lavado y desinfección de transporte y habilitación del transporte de Senacsa. Las personas encargadas del faenamiento deben contar un certificado de buena salud expedido por un hospital público o privado.