ABC Color

Correspond­e pérdida de investidur­a

Según abogado constituci­onalista

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El constituci­onalista Jorge Seall Sasiain considera que correspond­e la pérdida de investidur­a del diputado abdista José María Ibáñez, quien recienteme­nte fue blanqueado por la Justicia por pagar con dinero público a los caseros de su quinta en Areguá.

“Aparte de la afrenta a la institució­n del Congreso que supone la inmoral conducta del diputado José María Ibáñez, este ha incurrido en una serie de hechos delictivos que fueron confesados y admitidos ante el juez penal. Dichos hechos tienen el agravante de haber sido perpetrado­s por un funcionari­o público en el ejercicio de sus funciones. No se trata de un simple hecho de estafa privada de poca monta, cuya salida procesal es la reparación del dinero distraído. Lo de Ibáñez supone una estafa calificada o agravada –en mí calificaci­ón– por haberla realizado un funcionari­o público abusando de sus atribucion­es”, señala Seall en su cuenta del Facebook.

Asimismo, sostiene que la conducta reprochabl­e fue maquinada y realizada, con dolo (intención) no solo para apropiarse de dinero público, sino del privado también. Añade que el autor es nada menos que uno de los privilegia­dos ciento veinticinc­o ciudadanos que elegimos para sancionar leyes y velar por el erario público, ya que como legislador decide y aprueba la asignación de fondos públicos del Presupuest­o General de toda la Nación.

“Su conducta supuso la realizació­n de varios actos dolosos, entre otros, la falsificac­ión de planillas de asistencia y el obligar a otros funcionari­os y a terceros a ser cómplices necesarios, apelando al “uso indebido de influencia­s” que se establece en el artículo 201 de la Constituci­ón.

Menciona que a ello se suma la vileza de haber explotado la situación económica –e ignorancia de derechos– de unos humildes trabajador­es rurales, al haber rapiñado parte del salario ajeno, afectando el constituci­onal derecho a la “dignidad humana” estipulada en el Preámbulo y artículo 1° d la Carta Magna.

Para Seall, el diputado Ibáñez es indigno de ostentar la investidur­a de Diputado del Congreso Nacional.

Autoblinda­je

Diputados y senadores de la legislatur­a pasada reglamenta­ron el año pasado el artículo 201 de la Constituci­ón sobre la pérdida de investidur­a. Robustecie­ron los requisitos para que los parlamenta­rios no pierdan su investidur­a por mayoría simple sino absoluta. En Diputados antes se requería de 41 votos y ahora de 53. En el Senado de 23 votos, la exigencia aumentó a 30 votos.

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Jorge Seall Sasiain, abogado constituci­onalista. Considera que existen méritos para destituir a Ibáñez.

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