Ibáñez debe perder su investidura, dice diputada
La exfiscala y actual diputada de Patria Querida (PPQ), Rocío Vallejo, declaró que el artículo 201 de la Constitución sobre pérdida de investidura sí se aplica al diputado José María Ibáñez (ANR, Añetete). De esta manera desacredita el argumento de los co
La diputada mencionó que realizaron un análisis y debatieron el caso de Ibáñez con el constitucionalista Jorge Seall. Dijo que coincidieron en que es aplicable el art. 201 de la Constitución, en el que establece el uso de influencias debidamente comprobadas por parte del legislador Ibáñez, quien meses después de asumir el cargo ya nombró en el 2013 a sus caseros de su quinta como “planilleros” funcionarios de la Cámara Baja.
Expresó que para el uso indebido de influencias fehacientemente comprobado deben tener en cuenta que existe una acusación fiscal que terminó en una suspensión condicional del procedimiento, pero que en la acusación fiscal y en la carpeta fiscal aparecen todos los documentos que hacen referencia a la contratación de tres personas que se dio en ámbito del uso de influencia del diputado, “porque una persona que no sea diputado no iba a lograr la contratación de alguien dentro de la Cámara y que esas personas vayan luego a prestar servicios fuera de la institución y en su domicilio (su quinta en Estanzuela), está comprobado de acuerdo a los argumentos del Ministerio Público”, indicó.
Reforzó su afirmación al señalar que existen documentos, porque no se debatió en un juicio oral y público, en cuanto a la falsificación de certificados sobre la asistencia de estas personas y que también existen documentos sobre el depósito de los honorarios de estas personas en cuentas correspondientes a las personas beneficiadas con la suspensión condicional del procedimiento.
“Una persona común, no podría lograr la contratación de personas dentro de la Cámara, si no utiliza sus influencias, para mí está totalmente comprobado el uso indebido de influencia al solicitar la contratación de estas personas, al destinarlas a una labor diferente a la que se realiza en la Cámara y se dan las otras circunstancias fácticas que se subsumen en los hechos punibles por los que fueron acusados por el Ministerio Público”, enfatizó la diputada.
Firmantes
Sobre la presentación del pedido de pérdida de investidura, la exfiscal declaró que están estableciendo un tiempo porque existen demasiados temas por tratar, como las Notas Reversales de Yacyretá. Sin embargo, sostuvo que la responsabilidad en este caso es personal, y que cada parlamentario debe analizarlo de manera personal y/o en bancada. Añadió que todos los diputados saben dónde está la nota para pedir la pérdida de investidura, en qué oficina. Se requieren 20 firmas para tratar en plenario y 53 votos para ser destituido.