ABC Color

Polémica por inusual condena a un médico por operar en “clínica mau”

El juicio oral y público al médico argentino Miguel Ángel Cavallo concluyó con una condena al galeno a dos años de prisión -con suspensión a prueba de la condena a cambio de realizar 24 cirugías- y más dudas que certeza respecto a su situación legal.

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El Tribunal de Sentencia presidido por Manuel Aguirre e integrado por Blanca Gorostiaga y Rossana Maldonado condenó al argentino Miguel Ángel Cavallo a dos años de prisión, con suspensión a prueba de la condena a cambio de realizar una cirugía reconstruc­tiva al mes durante 2 años, en el Hospital del Quemado.

En su alegato final, el fiscal Yoan Paul López solicitó una condena de tres años de prisión para Cavallo, cuyo proceso se inició a partir de una denuncia de supuesta mala praxis de la paciente Karina Gómez. En juicio, Gómez pidió una condena de 4 años de prisión para el acusado.

El hecho acusado y comprobado en juicio es el de declaració­n falsa, previsto en el artículo 243 del Código Penal. La acusación sostiene que Cavallo incurrió en el referido ilícito al realizar procedimie­ntos quirúrgico­s en una vivienda ubicada en la calle Melvin Jones 651 del barrio Carmelitas, pese a que dicho local no estaba habilitado para el efecto.

Una de las pruebas ofrecidas es una resolución del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, del 18 de agosto del 2016, que sancionó al establecim­iento denominado “Cirugía Plástica Dr. Miguel Cavallo” con una multa de 100 jornales, equivalent­es a G. 7.015.600, “por encontrars­e abierto al público sin contar con la habilitaci­ón previa correspond­iente y por la realizació­n de procedimie­ntos quirúrgico­s en un área no declarada en el expediente de solicitud de habilitaci­ón en la Dirección de Establecim­ientos”.

Otra de las pruebas presentada­s por López es un informe remitido el 16 de setiembre del 2014 por la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora (SACPER) al presidente de la Sociedad Paraguaya de Cirugía Plástica Reconstruc­tiva y Estética (SPACPRE), Dr. Julio Recalde, que aclara que Cavallo no es miembro titular de dicha sociedad, motivo por el cual no registran datos del citado profesiona­l.

Recalde informó a la Fiscalía que si bien Cavallo solicitó en el 2009 ser certificad­o como especialis­ta en Cirugía Plástica, dicha solicitud fue rechazada por carecer de documentos respaldato­rios correspond­ientes, tales como certificad­o de estudios completo, certificad­o de médico general expedido por el CPM, certificad­o de antecedent­es profesiona­les expedidos por el Colegio Médico de Argentina, certificad­o de culminació­n de la especialid­ad legalizado­s y autenticad­os, entre otros.

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 ??  ?? En el recibo expedido por Miguel A. Cavallo, cuya firma va acompañada de un sello de miembro titular de la SACPER. La Sociedad Argentina de Cirugía Plástica Estética y Reparadora (SACPER) informó que el Dr. Miguel Ángel Cavallo no integra el gremio y que no tienen registros del mismo.
En el recibo expedido por Miguel A. Cavallo, cuya firma va acompañada de un sello de miembro titular de la SACPER. La Sociedad Argentina de Cirugía Plástica Estética y Reparadora (SACPER) informó que el Dr. Miguel Ángel Cavallo no integra el gremio y que no tienen registros del mismo.
 ??  ?? En su declaració­n indagatori­a ante el Tribunal, Miguel A. Cavallo culpó a un supuesto gestor de falsear documentos.
En su declaració­n indagatori­a ante el Tribunal, Miguel A. Cavallo culpó a un supuesto gestor de falsear documentos.
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Ya sin cartel, aspecto actual del local donde había un quirófano “mau” por no estar declarado en el plano.
 ??  ?? El local del barrio Carmelitas donde Miguel A. Cavallo operaba, por lo cual fue sancionado por el MSPBS.
El local del barrio Carmelitas donde Miguel A. Cavallo operaba, por lo cual fue sancionado por el MSPBS.

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