Derogan autoblindaje y buscan otra protección
Presionado por las protestas ciudadanas, el Senado derogó ayer la ley de autoblindaje, que exigía 30 votos de un total de 45 para la pérdida de investidura. Pero, ante el temor del efecto dominó, ahora plantean enmendar la Constitución para crear una inst
Casi a tambor batiente, la Cámara de Senadores sancionó ayer la derogación de la cuestionada ley de autoblindaje. Esta norma, que tendrá corta vida, rige desde el 10 de julio último y tendrá su fin cuando el presidente de la República Mario Abdo Benítez promulgue su derogación.
Fue muy rápida la tramitación de la derogación porque el miércoles fue aprobada en Diputados y ayer lo hizo la Cámara Alta. La propuesta tuvo 37 votos a favor y hubo seis ausencias. El único voto en contra provino del titular del Senado, Silvio “Beto” Ovelar (ANR, Añetete). En esta votación ya no se le tuvo en cuenta al imputado colorado cartista Óscar González Daher, a quien se le aceptó su renuncia una hora antes.
Si el presidente Mario Abdo decide dejar sin efecto dicha ley, entonces se volverá a necesitar solo la mitad más uno de los presentes en ambas cámaras para que un legislador denunciado por supuestos actos de corrupción pierda su investidura, ya no 30 en el Senado, de un total de 45, ni 53 en Diputados, de 80 miembros.
Paraguayo Cubas (Cruzada Nacional), proyectista de la versión del Senado, pidió que su propuesta se archive para dar un tratamiento veloz a la versión aprobada en Diputados. En contrapartida, dijo que varias bancadas plantean un proyecto de enmienda constitucional para establecer qué instancia debe juzgar a los legisladores.
Consulta popular
Ovelar justificó su voto en contra de la derogación al señalar que la ley de autoblindaje no viola la Constitución. Los 37 senadores expresaron su voto a favor de la derogación, admitiendo una recomendación de sus respectivas bancadas.
Blas Llano (PLRA), dijo que con la derogación responden a un reclamo ciudadano, pero insistió en que el autoblindaje era de “sentido común” ya que un senador
El artículo 290 de la Constitución establece que la Carta Magna podrá ser modificada por enmienda con aprobación de ambas cámaras. Luego se remitirá el texto al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) para que, dentro del plazo de ciento ochenta días, se convoque a un referéndum. Si el resultado de este es afirmativo, la enmienda quedará sancionada.
Una elección de este tipo puede demandar unos 10 millones de dólares americanos de los contribuyentes, según estimaciones del TSJE.
puede ser suspendido hasta dos meses sin goce de sueldo con dos tercios de los votos (30). A su criterio, un parlamentario no puede perder su investidura con una cantidad inferior. Indicó que por ello impulsarán una enmienda constitucional para que sea la ciudadanía, mediante una consulta popular, la que defina qué tribunal o instancia jurídica debe juzgar a un legislador para que pierda su investidura. Abogó por una enmienda aunque reconoció
que la ciudadanía puede estar sensible a dicha palabra, en alusión al proyecto de reelección.
“Cueva de ladrones”
Juan C. Galaverna (ANR, Añetete) advirtió que era un contrasentido pedir a la gente definir cómo “proteger” a los legisladores con una enmienda luego de las manifestaciones contra una ley. Sergio Godoy (ANR, cartista), admitió que la ciudadanía ve al Congreso como una “cueva de ladrones”.