ABC Color

Acuerdo Cartes-Macri contradice la integració­n regional, dicen expertos

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El acuerdo Cartes-Macri sobre las notas reversales que modifican el Tratado de Yacyretá contradice un objetivo clave del Plan 2030, relativo a la integració­n económica regional, afirmaron expertos, en un foro de la Asociación Paraguaya de Profesiona­les Graduados en los EE.UU.

El Ing. Luis Meyer, el Lic. César Cardozo y la Dra. Gladys Benegas encabezaro­n el debate sobre el acuerdo de Yacyretá con el planteamie­nto que las notas reversales que firmaron el presidente de Argentina, Mauricio Macri, y el entonces de Paraguay, Horacio Cartes, es ¿un ordenamien­to económico financiero o la venta de la soberanía energética?

El conversato­rio se realizó en la noche del último jueves en salón auditorio del Centro Cultural Paraguayo Americano (CCPA), con la participac­ión de la directora de dicha institució­n, Melissa McDonald. Fue moderador del debate el Ing. Henry Moriya, en representa­ción de la referida asociación.

Entre los temas que fueron tratados estuvo el de las estrategia­s claves para la integració­n económica regional y los objetivos principale­s que se buscan alcanzar para el 2030. Una de las metas es “aumentar los ingresos por venta de energía, a través de la libre comerciali­zación de energía de las binacional­es y a precios de mercado”. En ese sentido, se afirmó que el acuerdo de Yacyretá contradice a este objetivo clave del PND 2030 al limitar la libre disponibil­idad de nuestra energía hasta el 2048 a un precio muy reducido, comparado con los del mercado.

También se mencionó que mientras persista la deuda. “Paraguay no puede disponer de su energía. Está sometido a ceder a la Argentina el megavatio/hora a menos del 10% de su valor de mercado. El precio de la cesión sube de 9,1 a 11 dólares el megavatio/hora, que vale en el mercado mayorista US$ 60”, según destacó uno de los panelistas.

Con relación a la reducción de la deuda, se explicó que “la deuda reclamada por Argentina es de US$ 7.000 millones. El resto son intereses que el tratado no permite. Argentina debe a Paraguay por energía no pagada”, según se dijo.

Otra afirmación que surgió en las conversaci­ones fue que “no correspond­e el repago a 30 años con 10 de gracia. El Anexo C establece que Yacyretá no puede tener deuda”.

Igualmente, se manifestó que la nota reversal 2/17 obliga a Paraguay a pagar el 50% a través de la tarifa. El Anexo C, numeral IX, establece que la amortizaci­ón de las deudas contraídas debe pagarse de acuerdo a “la relación entre las potencias contratada­s por las entidades de ambos países”. Argentina uso el 95% y Paraguay el 5%.

Al final, se acordó organizar otros debates con más asociacion­es y grupos de opinión, sobre el tema Yacyretá.

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En el centro, el Ing. Henry Moriya (APPG), con Melissa McDonald y otros, en el conversato­rio sobre el acuerdo de Yacyretá y las notas reversales.

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