Sancionan ley de donantes con opción a oponerse
El Senado sancionó ayer la “ley Anita”, que convierte en donadores de órganos a todos los mayores de edad fallecidos naturalmente, excepto los que se oponen. La negativa se deberá hacer constar por escrito. En caso de muerte violenta accidental se requeri
El proyecto legislativo, que modifica la ley de trasplantes de órganos fue aprobado por la Cámara de Diputados el miércoles último. Ayer se recibió en la sesión ordinaria de la Cámara de Senadores y en tiempo récord se sancionó. En las próximas horas se remitirá al Ejecutivo para que este defina o su promulgación o el veto.
Cambios
Uno de los artículos modificados fue el Nº 17 de la Ley 1246/98, que señala que toda persona capaz, mayor de 18 años, podrá dejar constancia por escrito ante el Instituto Nacional de Ablación y Trasplante (INAT) o en las instituciones o locales que este habilite al efecto, de su oposición de ser donante de órganos.
Esta voluntad será respetada en todos los casos y para ello, se creará un Registro Nacional de Opositores a la donación de órganos y tejidos, incluso se podrá mencionar esto en los documentos personales. En caso de revocar la decisión, se tiene un plazo de 48 horas informar al INAT. También se establece la contención familiar.
Además, en el artículo 20, se dispone que en caso de muerte violenta accidental y si la víctima no dejó constancia de su oposición, se debe contar con una autorización judicial y el juez interviniente deberá expedirse dentro de las 2 horas de recibido el pedido.
También se otorgan recursos financieros a más de los existentes, con un porcentaje del Fonacide, de cuyo total una fracción se destina a Salud.
Igualmente se redefine el protocolo según criterios científicos el Protocolo de Muerte Encefálica.