ABC Color

Ley antichican­a evitará paralizar los casos emblemátic­os de corrupción

La Cámara de Diputados tiene pendiente de tratamient­o un proyecto de ley que busca frenar las masivas recusacion­es que se presentan contra fiscales que tienen casos emblemátic­os de corrupción contra las arcas públicas. La iniciativa legislativ­a plantea q

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El diputado Jorge Ávalos Mariño (PLRA, efrainista) uno de los firmantes de la norma mencionó que el proyecto establece plazos, también que mientras se resuelva la recusación el fiscal siga entendiend­o la causa y por último que esas recusacion­es sean entendidas dentro del ámbito del Ministerio Público y no de la Corte Suprema de Justicia como actualment­e establece el Art. 57 del Código Procesal Penal.

“Generalmen­te cuando las recusacion­es llegan a la Corte uno ya debe olvidarse del proceso, es por eso que en el proyecto tratamos de evitar que llegue a la Corte y esto se pueda resolver dentro del ámbito del Ministerio Publico”, mencionó el legislador al señalar que la norma evitaría dilatar de forma indefinida los procesos de recusacion­es de agentes fiscales.

Se aguarda que la norma sea tratada antes del receso parlamenta­rio, que se inicia el 21 de diciembre y que las comisiones de Asuntos Constituci­onales, Legislació­n y Justicia inicien el análisis de la norma y se expidan antes del cierre del periodo de sesiones.

El proyecto de ley fue presentado por la diputada y exfiscal Rocío Vallejo (PPQ) y respaldado por diputados del PLRA, PEN, Hagamos y los colorados Ramón Romero Roa (independie­nte) y Derlis Maidana (cartista). Vallejo mencionó que antes de pedir el tratamient­o de la norma aguardarán los pareceres de la Fiscalía y de otras institucio­nes.

Fundamento

En la exposición de motivos se menciona que en el Paraguay se ha instalado como práctica recusar a los agentes fiscales y que ello afecta gravemente la investigac­ión en los hechos punibles complejos. “La inmediatez es muy importante en las investigac­iones fiscales y la separación de los agentes fiscales, a veces con recusacion­es que alcanzan a toda una unidad e incluso a los fiscales adjuntos, se ha vuelto una práctica que perjudica a las investigac­iones de todo tipo”, menciona parte del fundamento.

Asimismo, señala que la recusación no puede tener el mismo efecto cuando se presenta contra el fiscal que cuando se presenta contra el juez, pues el fiscal nunca decidirá el caso. Ni siquiera durante la investigac­ión, el agente fiscal tiene la facultad de decidir sobre cuestiones que afecten garantías constituci­onales (allanamien­tos, prisión preventiva, intervenci­ón de comunicaci­ones, etc.), ya que, para ello, necesariam­ente deberá recurrir a un juez.

Defienden la autonomía de la Fiscalía General para que decida si un agente fiscal debe ser apartado de un caso y menciona que cualquier disposició­n inferior a la Constituci­ón que autorice a otro órgano público a decidir si un agente fiscal, fiscal adjunto o el propio Fiscal General es apartado es una abierta violación al artículo 266 de la Constituci­ón.

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