IPS adquiere biosimilares y obliga a pacientes a intercambiar fármaco
Pese a la oposición de asociaciones de pacientes, el IPS aprobó la compra del medicamento Bevacizumab en su versión biosimilar y no la original, que utilizan los asegurados en tratamiento oncológico. La previsional ignoró la recomendación de evitar la intercambiabilidad.
Con esta adquisición, el IPS ahorra G. 13.000 millones y asegura que basó la decisión en la experiencia positiva que se registró en el Instituto Nacional del Cáncer (Incan) en seis meses de uso del fármaco para quimioterapias. El producto también es usado sin problemas en el Hospital de Clínicas y en el Hospital Nacional de Itauguá. En los tres centros mencionados se realizó la intercambiabilidad sin que la farmacovigilancia detecte problemas.
Por otra parte, los enfermos de cáncer de IPS señalaron que “los van a dejar morir lentamente” y criticaron a la directiva del Instituto de Previsión Social (IPS) por no tomar en cuenta la recomendación del propio ministro de Salud, Dr. Julio Mazzoleni, de evitar la intercambiabilidad.
Es decir, para dicho secretario de Estado, los pacientes que comenzaron con el fármaco original deben seguir con el mismo, por lo que los biosimilares solo deberían usarse en pacientes nuevos, que comienzan recién sus tratamientos.
En un expediente enviado al presidente del IPS, Armando Rodríguez, Mazzoleni afirma que en la consulta formulada respecto a la evaluación y autorización de los productos biosimilares, estos cumplieron con todas las exigencias para el registro sanitario de medicamentos biosimilares, pero indica que en ese cúmulo de respaldo legal no se contempla la intercambiabilidad entre el medicamento original y el biosimilar.
“No existe recomendación científica que respalde tal circunstancia, es decir, no existe garantía para la intercambiabilidad, pues la misma no ha sido unánimemente aceptada y, por tanto, se ha recomendado no innovar o dejar la decisión en manos del médico tratante”, dice parte del documento.
En otra parte del expediente señala que algunos aspectos de la regulación internacional de los biosimilares varían en diferentes países, como el acto de intercambiar un fármaco biológico (original) por un biosimilar.
“En general, se considera que el intercambio entre el biológico original y su biosimilar debe ser realizado en consenso entre el médico y el paciente. Sin embargo, en el caso específico de medicación oncológica, se considera prudente evitar la intercambiabilidad de biológicos para una misma indicación en esa población una vez iniciado el tratamiento”, refiere el documento.