El Poder Judicial continúa con su desastroso desempeño.
La morosidad judicial acaba de evidenciarse, una vez más, con la indignante prescripción de la causa abierta al exgobernador de Boquerón David Sawatzky Funk (ANR), por la malversación de 3.300 millones de guaraníes. El mismo fue condenado en primera y segunda instancias a tres años y siete meses de prisión, pero el 22 de diciembre de 2015 planteó ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia un recurso extraordinario de casación, chicana que estuvo “cajoneada” desde entonces, sin que ningún ministro creyera necesario ocuparse de tan grave asunto que afectaba al dinero de todos. Es de esperar, pues, que no se repita el escandaloso desenlace en los casos judiciales de los legisladores Víctor Bogado, Carlos Núñez Salinas, Tomás Rivas (todos colorados) y Carlos Portillo (liberal), y los parlasurianos liberales Enzo Cardozo y Milciades Duré, para que no se vean favorecidos también con la prescripción de sus respectivas causas, debido a la negligencia o venalidad de quienes deben impedirla. La garantía constitucional de igualdad de acceso a la Justicia no debe seguir siendo una mera expresión de deseos.
Aparte de ser un campo propicio para el tráfico de influencias, que suele desembocar en el prevaricato puro y duro, el Poder Judicial se distingue por la morosidad jurisdiccional y por el prebendarismo administrativo. Es común que los casos no se resuelvan a tiempo debido a la mera negligencia o al tentador soborno, y que los politicastros instalen en el copioso funcionariado a los “recomendados” que cobran sin trabajar. La Justicia no es pronta ni barata y alimenta generosamente a una multitud de parásitos, a costa de quienes se ven privados de ella. El primer vicio acaba de evidenciarse, una vez más, en la indignante prescripción de la causa abierta al exgobernador de Boquerón David Sawatzky Funk (ANR), por la malversación de 3.300 millones de guaraníes. Condenado en primera y segunda instancias a tres años y siete meses de prisión, el 22 de diciembre de 2015 planteó un recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. La chicana estuvo “cajoneada” desde entonces, sin que ningún ministro creyera necesario ocuparse de tan grave asunto que afectaba al dinero de todos. Como el Ministerio Público había concluido sus pesquisas el 27 de febrero de 2007 y ya había pasado el doble de los años de privación de libertad previstos como pena máxima para el delito de lesión de confianza, los ministros Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y Miryam Peña tuvieron que dejar impune al encausado. El primero puede ser exculpado de la inadmisible dilación porque asumió su alto cargo recién el 9 de octubre de 2018, oportunidad en la que señaló que entre las principales “debilidades” del Poder Judicial figuran la corrupción, la impunidad y –precisamente– la morosidad. El autor de tan certero diagnóstico afirmó ahora que el Consejo de Superintendencia de la Corte debe individualizar y sancionar a los responsables del referido escándalo, de lo que se infiere que no serían los miembros de la máxima instancia judicial, sino algún funcionario de menor cuantía que sirva de chivo expiatorio. El art. 14 de la Ley N° 3759/99 dice que los magistrados pueden ser removidos por “no dictar sentencia definitiva dentro del plazo que el superior le hubiere fijado en el incidente de queja por retardo de justicia en por lo menos dos casos en el lapso de un año judicial”. Y agrega que, si integran órganos colegiados, solo se librarán de responsabilidad quienes prueben haber realizado gestiones a su alcance para que el órgano dicte sentencia y las hayan comunicado a la Corte. Es obvio que esta norma no rige para los ministros, pero también que estos desempeñan mal sus funciones cuando no se pronuncian en tiempo oportuno. En 2014, el ministro César Garay fue acusado por la Cámara Baja por su “excesiva e irritante morosidad”, defecto muy serio en el que también está incurriendo el Senado al no iniciar aún el juicio político, presumiblemente por falta del “acuerdo político” sobre el sustituto. También había sido acusado el hoy jubilado Miguel Óscar Bajac, por la comisión de delitos y mal desempeño de sus funciones. El ahora imputado por el presunto hecho punible de cohecho pasivo agravado fue el “responsable” de la circunscripción judicial de Alto Paraguay y Concepción. En tal carácter instaló a 62 “planilleros” propuestos por los politicastros de siempre, de acuerdo a la consabida práctica prebendaria del cuoteo. Se ignora dónde “trabajan”, pero no así que cobran regularmente sus sueldos, es decir, que cometen el delito de “cobro indebido de honorarios”. Lo peor del asunto es que, cuando se denunció la fechoría, se intimó a los autores a que se presenten en sus oficinas, so pena de ser excluidos de la planilla. Empero, el proceso quedó trunco por orden de la Corte, con el argumento de que se podría generar un grave inconveniente, porque ¡el mismo problema existe en otras circunscripciones judiciales! Es decir, para la máxima institución judicial rige el criterio de que si se roba en una circunscripción, por qué no se puede robar en las demás. ¡Increíble! Huelga añadir que ni la Contraloría General de la República ni el Ministerio Público toman nota de que en el propio Poder Judicial se está delinquiendo con la complicidad de quienes deben ocuparse de que los funcionarios presten un servicio a cambio del dinero que reciben. Se roba abierta y rutinariamente, mientras la máxima instancia judicial hace la vista gorda. Al denunciar el escandaloso hecho referido, el obispo del Vicariato Apostólico del Chaco, Mons. Gabriel Escobar, afirmó que “los pobladores del Chaco nos merecemos que la Justicia comience a funcionar en su máxima expresión, a fin de brindar seguridad social”. En verdad, es un derecho que tienen los pobladores de todo el país. La garantía constitucional de igualdad de acceso a la Justicia no debe seguir siendo una mera expresión de deseos, debido a las lacras citadas por el ministro Ramírez Candia. La demora en impartirla puede hacer que la reparación de un daño llegue demasiado tarde o que quienes se apropian de fondos públicos queden sin el castigo de ley, como en este caso. Es de esperar, pues, que no se repita el escandaloso desenlace de la causa abierta al exgobernador Sawatzky Funk y que, entre otros, los legisladores Víctor Bogado (ANR), Carlos Núñez Salinas (ANR), Tomás Rivas (ANR) y Carlos Portillo (PLRA), así como los “parlasurianos” Enzo Cardozo (PLRA) y Milciades Duré (PLRA), no se vean favorecidos por la prescripción de sus respectivas causas, debido a la negligencia o la venalidad de quienes deben impedirla. Ahora habrá que ver qué hace el Consejo de Superintendencia de la Corte para identificar y sancionar a los responsables de la impunidad comentada, suponiendo que entre ellos no aparezca alguno de los ministros, en cuyo caso corresponderá el manido juicio político, dependiente del contubernio con respecto al reemplazante. En cuanto a los numerosos “planilleros” del Poder Judicial, seguirán quedándose con el dinero ajeno mientras los miembros de la Corte estén sometidos al poder político, es decir, mientras deban el puesto al interesado patrocinio de politicastros corruptos y corruptores antes que a sus respectivos méritos y aptitudes.