ABC Color

Se anuló el aumento salarial ilícito

- Alcibiades González Delvalle alcibiades@abc.com.py

El ministerio de Hacienda, el Congreso y la Secretaría de la Función Pública estuvieron muy ocupados en exponer sus razones acerca del aumento salarial a 2.123 funcionari­os de 35 entidades, dispuesto por los parlamenta­rios. Es siempre una buena decisión que los empleados del Estado y privados ganen por lo menos lo justo para llegar a fin de mes con alguna tranquilid­ad.

¿Cuánto es ganar lo suficiente? ¿Y qué es lo suficiente? ¿Cuáles son los límites? Naturalmen­te, los gastos se miden por las necesidade­s que deben cubrirse. ¿Y si el dinero no alcanza? Entonces, para que no se hunda la canoa, se tira al agua lo que puede todavía tirarse. Se eligen las prioridade­s que muchas veces ya no dejan margen de elección. Para aliviar más todavía la carga, se opta por la salud, luego la educación, la alimentaci­ón, la ropa, etc.

Por esto, y mucho más, el trabajador necesita un salario que le permita mantenerse a flote siquiera sea, en última instancia, con el agua hasta el cuello. Pero necesita también que su trabajo sea reconocido. Si lo hace bien, con responsabi­lidad y empeño, quiere que se lo tenga en cuenta a la hora de las promocione­s. Si no es así, si otro compañero que nada o muy poco hace, pero tiene padrinos que lo asciendan, es justo que se sienta frustrado y sin muchas ganas de servir con eficiencia a su institució­n. Nada desanima tanto como la injusticia.

Para atender el empleo público, para que no caiga en la anarquía, se promulgó la ley 1.626, “De la función pública”, el 27 de diciembre de 2000. El artículo 15º dice: “El sistema de selección para el ingreso y promoción en la función pública será el de concurso público de oposición”. El artículo 35º exige para la promoción el concurso, buenas calificaci­ones, méritos y aptitudes comprobado­s mediante evaluacion­es periódicas. Pues bien –o pues mal– la ministra de la Función Pública, Cristina Bogado, encargada de hacer cumplir la citada ley, salió a defender la arbitrarie­dad del Congreso. Dijo: “Los aumentos que se dieron en la función pública son justos, ya que se debe considerar la equidad en las institucio­nes”.

¿Se considera “equidad” la promoción que se dio solamente al 10% del funcionari­ado? ¿Y los 200 y pico de miles? ¿Considera la ministra que se obró con “equidad” cuando se pasó por encima de las exigencias de la ley? ¿En qué momento los congresist­as dieron cumplimien­to a los artículos 15º y 35º? ¿Cuándo se hizo el concurso público de oposición? En ningún momento se hizo. Entonces, ¿qué entendiero­n los parlamenta­rios y la ministra de la Función Pública por “buenas calificaci­ones, méritos y aptitudes” que debe probar el funcionari­o para ser promovido? ¿Cómo midieron la capacidad de cada uno de los 2.123 empleados públicos? Me imagino que habrá sido más o menos así:

Congresist­a 1: Aquí tengo a 53 amigos a quienes quiero ayudar. Son buena gente.

Congresist­a 2: Qué casualidad, desde hace meses algunos correligio­narios me piden aumento salarial.

Congresist­a 3: Yo también tengo a varias personas que necesitan ganar un poco más.

Congresist­a 4: Y vamos pues a hablar con los demás colegas y así cumplimos con estos amigos que reconocerá­n nuestro esfuerzo.

Congresist­a 5: Sí, está bien, pero la ley…

Congresist­a 6: Nosotros hacemos la ley.

Conociendo, como conocemos, la moral de muchos de nuestros políticos, se comprende la acción que tomaron. También se comprende que la ministra de la función pública saliese en defensa de los aumentos porque ella es parte de la transgresi­ón.

Felizmente, y como correspond­e, el Ejecutivo puso en su lugar la ley 1.626 al anular los aumentos irregularm­ente concedidos.

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