Senadores no deben apañar a García y Bacchetta.
El contralor Enrique García fue acusado por la Cámara Baja, en marzo de 2018, por mal desempeño de funciones y por los delitos de producción de documentos no auténticos y uso de documentos de contenido falso. Por si fuera poco, está siendo investigado por los hechos punibles de lavado de dinero y enriquecimiento ilícito, con base en un informe de la Seprelad. El senador Enrique Bacchetta, presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), consideró prácticamente inocente a un político colorado que está siendo investigado por fiscales. Con diversos criterios, algunos senadores buscan despegar a los mismos del juicio político, que los diputados ya pidieron en el primer caso y se considera aplicable en el segundo. Es preciso cumplir y hacer cumplir la ley. Pocas veces la destitución estará tan bien justificada como en los indignantes casos de García y Bacchetta, pero para los legisladores parece ser más cómodo mirar a otro lado. Ambos ya han perdido toda autoridad moral para ejercer sus respectivas funciones. Es de desear que se limpien las instituciones de la escoria que las contamina.
La Constitución vigente recuperó la figura jurídica del juicio político, prevista en la de 1870, para que ciertas altas autoridades sean apartadas del cargo por la comisión de delitos o por mal desempeño de sus funciones. La primera causal, que implica poner al afectado en manos de la Justicia, indujo a la destitución del exministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Sindulfo Blanco y la segunda a la del expresidente de la República y actual senador Fernando Lugo. Aparte de estos bien justificados casos, muchas veces se recurrió, con mayor o menor seriedad, a la amenaza de impulsar dicho procedimiento extraordinario, aún no reglamentado por una ley, para privar de su investidura a quienes se habrían mostrado indignos de ella.
En alguna ocasión, la iniciativa fracasó en la Cámara de Diputados, encargada de formular la acusación respectiva, como cuando el último 19 de diciembre rechazó promover el juicio político por prevaricato de los miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Jaime Bestard, Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka. También ha ocurrido –y sigue ocurriendo– que quienes fueron acusados por la referida Cámara sean de hecho protegidos en el Senado mediante el simple expediente de no tratar el grave asunto, lo que ha permitido que el exministro de la CSJ Miguel Óscar Bajac se jubile ejerciendo el cargo y que su excolega César Garay permanezca en funciones, sin haber sido declarado inocente de la inculpación de morosidad, que data de diciembre de 2014.
En igual situación se halla el contralor general de la República. Enrique García, acusado por la Cámara Baja, en marzo de 2018, por el mal desempeño de sus funciones y por los delitos de producción de documentos no auténticos y uso de documentos de contenido falso, que habría cometido como asesor jurídico de la Municipalidad de Asunción, según el Ministerio Público. Por si fuera poco, está siendo investigado por los hechos punibles de lavado de dinero y enriquecimiento ilícito, tras un informe que la Seprelad presentó a la Unidad Especial de Delitos Económicos y Anticorrupción en mayo de 2018.
El senador Silvio Ovelar (ANR) comentó que, a fines del año pasado, la Cámara que preside se comprometió a impulsar el juicio político durante el mes en curso. Es de esperar que se cumpla lo anunciado y que García no siga enlodando su alto cargo, con total prescindencia de quién vaya a ser su reemplazante. Cabe apuntarlo porque el senador Stephan Rasmussen (PQ), que hace sus primeras armas en la legislatura, sostuvo que la destitución debería ser precedida por la renuncia del subcontralor general Camilo Benítez, por el simple hecho de ser colorado. O sea que, si no dimitiera, la Contraloría debería seguir siendo dirigida por un presunto delincuente. La manifiesta inmoralidad de semejante postura sugiere que el “joven” legislador de un partido “joven” se contagió bien pronto de la podredumbre que afecta a muchos de sus colegas. Por eso mismo, porque no hubo un acuerdo previo sobre la repartija de cargos en el TSJE, es que la ciudadanía debe seguir soportando a sus tres miembros, que se pusieron al servicio de Sandra McLeod, para no ir más lejos, citando arteramente en forma parcial el art. 53 de la Ley Orgánica Municipal.
No debería sorprender que, por una razón similar, se frustre la bien merecida destitución del senador Enrique
Bacchetta (ANR), como integrante –y hoy presidente– del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. Se ha llegado a sostener que, si fuera removido del cargo que ensucia, sería sustituido por su también impresentable colega Javier Zacarías Irún (ANR). La cuestión es que alguien que integra el órgano que juzga a magistrados y a agentes fiscales no debe intervenir en una causa penal para desear la pronta libertad de un procesado que, en su opinión, estaría sufriendo una injusticia. Si el art. 248 de la Constitución, referido a la independencia del Poder Judicial, dice que los miembros de los otros Poderes no podrán “intervenir de cualquier modo en los juicios”, es porque tal intromisión implica un grave atentado al ordenamiento institucional. Bacchetta no solo es senador, sino también presidente del órgano que tiene la facultad de enjuiciar, incluso de oficio, a los jueces y a los agentes fiscales que actúen en el caso del diputado Ulises Quintana (ANR), a quien él considera recluido injustamente, es decir, lo juzga inocente a priori.
El escandaloso “tuiteo” del senador Bacchetta no debe quedar impune. Se trata de una aberración que clama al cielo y que debe conllevar la correspondiente remoción. No basta con pedir disculpas ni con verter lágrimas, como lo hicieron también el exdiputado José María Ibáñez (ANR) y el senador Víctor Bogado (ANR). Hay serios indicios de que se está tratando de salvar el pellejo de quien profanó claramente su función al frente del JEM. Hasta se ha alegado que el art. 225 de la Constitución no incluye a los miembros de ese órgano entre quienes pueden ser sometidos a juicio político, de lo que resulta que no podrían ser destituidos aunque cometan delitos o desempeñen mal sus funciones. Sin embargo, el art. 4° de la Ley N° 3759/09, que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados, impone dicho procedimiento. No ha sido declarado inconstitucional, sigue vigente, tal como el art. 6° de la Ley N° 296/93, que dice que los miembros del Consejo de la Magistratura, tampoco incluidos en la norma constitucional citada, solo pueden ser removidos mediante el juicio político. Es preciso cumplir y hacer cumplir la ley.
Pocas veces la destitución estará tan bien justificada como en los indignantes casos de García y de Bacchetta, pero para los legisladores parece ser más cómodo mirar a otro lado. Ambos ya han perdido toda autoridad moral para ejercer sus respectivas funciones.
Es de desear que, al menos por una vez, una mayoría de parlamentarios se ponga a favor de los ciudadanos y de las ciudadanas, y se decidan a limpiar dos importantes instituciones de la escoria que las contamina.