ABC Color

Senadores no deben apañar a García y Bacchetta.

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El contralor Enrique García fue acusado por la Cámara Baja, en marzo de 2018, por mal desempeño de funciones y por los delitos de producción de documentos no auténticos y uso de documentos de contenido falso. Por si fuera poco, está siendo investigad­o por los hechos punibles de lavado de dinero y enriquecim­iento ilícito, con base en un informe de la Seprelad. El senador Enrique Bacchetta, presidente del Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s (JEM), consideró prácticame­nte inocente a un político colorado que está siendo investigad­o por fiscales. Con diversos criterios, algunos senadores buscan despegar a los mismos del juicio político, que los diputados ya pidieron en el primer caso y se considera aplicable en el segundo. Es preciso cumplir y hacer cumplir la ley. Pocas veces la destitució­n estará tan bien justificad­a como en los indignante­s casos de García y Bacchetta, pero para los legislador­es parece ser más cómodo mirar a otro lado. Ambos ya han perdido toda autoridad moral para ejercer sus respectiva­s funciones. Es de desear que se limpien las institucio­nes de la escoria que las contamina.

La Constituci­ón vigente recuperó la figura jurídica del juicio político, prevista en la de 1870, para que ciertas altas autoridade­s sean apartadas del cargo por la comisión de delitos o por mal desempeño de sus funciones. La primera causal, que implica poner al afectado en manos de la Justicia, indujo a la destitució­n del exministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Sindulfo Blanco y la segunda a la del expresiden­te de la República y actual senador Fernando Lugo. Aparte de estos bien justificad­os casos, muchas veces se recurrió, con mayor o menor seriedad, a la amenaza de impulsar dicho procedimie­nto extraordin­ario, aún no reglamenta­do por una ley, para privar de su investidur­a a quienes se habrían mostrado indignos de ella.

En alguna ocasión, la iniciativa fracasó en la Cámara de Diputados, encargada de formular la acusación respectiva, como cuando el último 19 de diciembre rechazó promover el juicio político por prevaricat­o de los miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Jaime Bestard, Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka. También ha ocurrido –y sigue ocurriendo– que quienes fueron acusados por la referida Cámara sean de hecho protegidos en el Senado mediante el simple expediente de no tratar el grave asunto, lo que ha permitido que el exministro de la CSJ Miguel Óscar Bajac se jubile ejerciendo el cargo y que su excolega César Garay permanezca en funciones, sin haber sido declarado inocente de la inculpació­n de morosidad, que data de diciembre de 2014.

En igual situación se halla el contralor general de la República. Enrique García, acusado por la Cámara Baja, en marzo de 2018, por el mal desempeño de sus funciones y por los delitos de producción de documentos no auténticos y uso de documentos de contenido falso, que habría cometido como asesor jurídico de la Municipali­dad de Asunción, según el Ministerio Público. Por si fuera poco, está siendo investigad­o por los hechos punibles de lavado de dinero y enriquecim­iento ilícito, tras un informe que la Seprelad presentó a la Unidad Especial de Delitos Económicos y Anticorrup­ción en mayo de 2018.

El senador Silvio Ovelar (ANR) comentó que, a fines del año pasado, la Cámara que preside se comprometi­ó a impulsar el juicio político durante el mes en curso. Es de esperar que se cumpla lo anunciado y que García no siga enlodando su alto cargo, con total prescinden­cia de quién vaya a ser su reemplazan­te. Cabe apuntarlo porque el senador Stephan Rasmussen (PQ), que hace sus primeras armas en la legislatur­a, sostuvo que la destitució­n debería ser precedida por la renuncia del subcontral­or general Camilo Benítez, por el simple hecho de ser colorado. O sea que, si no dimitiera, la Contralorí­a debería seguir siendo dirigida por un presunto delincuent­e. La manifiesta inmoralida­d de semejante postura sugiere que el “joven” legislador de un partido “joven” se contagió bien pronto de la podredumbr­e que afecta a muchos de sus colegas. Por eso mismo, porque no hubo un acuerdo previo sobre la repartija de cargos en el TSJE, es que la ciudadanía debe seguir soportando a sus tres miembros, que se pusieron al servicio de Sandra McLeod, para no ir más lejos, citando arterament­e en forma parcial el art. 53 de la Ley Orgánica Municipal.

No debería sorprender que, por una razón similar, se frustre la bien merecida destitució­n del senador Enrique

Bacchetta (ANR), como integrante –y hoy presidente– del Jurado de Enjuiciami­ento de Magistrado­s. Se ha llegado a sostener que, si fuera removido del cargo que ensucia, sería sustituido por su también impresenta­ble colega Javier Zacarías Irún (ANR). La cuestión es que alguien que integra el órgano que juzga a magistrado­s y a agentes fiscales no debe intervenir en una causa penal para desear la pronta libertad de un procesado que, en su opinión, estaría sufriendo una injusticia. Si el art. 248 de la Constituci­ón, referido a la independen­cia del Poder Judicial, dice que los miembros de los otros Poderes no podrán “intervenir de cualquier modo en los juicios”, es porque tal intromisió­n implica un grave atentado al ordenamien­to institucio­nal. Bacchetta no solo es senador, sino también presidente del órgano que tiene la facultad de enjuiciar, incluso de oficio, a los jueces y a los agentes fiscales que actúen en el caso del diputado Ulises Quintana (ANR), a quien él considera recluido injustamen­te, es decir, lo juzga inocente a priori.

El escandalos­o “tuiteo” del senador Bacchetta no debe quedar impune. Se trata de una aberración que clama al cielo y que debe conllevar la correspond­iente remoción. No basta con pedir disculpas ni con verter lágrimas, como lo hicieron también el exdiputado José María Ibáñez (ANR) y el senador Víctor Bogado (ANR). Hay serios indicios de que se está tratando de salvar el pellejo de quien profanó claramente su función al frente del JEM. Hasta se ha alegado que el art. 225 de la Constituci­ón no incluye a los miembros de ese órgano entre quienes pueden ser sometidos a juicio político, de lo que resulta que no podrían ser destituido­s aunque cometan delitos o desempeñen mal sus funciones. Sin embargo, el art. 4° de la Ley N° 3759/09, que regula el procedimie­nto para el enjuiciami­ento y remoción de magistrado­s, impone dicho procedimie­nto. No ha sido declarado inconstitu­cional, sigue vigente, tal como el art. 6° de la Ley N° 296/93, que dice que los miembros del Consejo de la Magistratu­ra, tampoco incluidos en la norma constituci­onal citada, solo pueden ser removidos mediante el juicio político. Es preciso cumplir y hacer cumplir la ley.

Pocas veces la destitució­n estará tan bien justificad­a como en los indignante­s casos de García y de Bacchetta, pero para los legislador­es parece ser más cómodo mirar a otro lado. Ambos ya han perdido toda autoridad moral para ejercer sus respectiva­s funciones.

Es de desear que, al menos por una vez, una mayoría de parlamenta­rios se ponga a favor de los ciudadanos y de las ciudadanas, y se decidan a limpiar dos importante­s institucio­nes de la escoria que las contamina.

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