ABC Color

Fiscalía aconseja rechazar acción de “niñera de oro”

La Fiscalía General recomendó a la Corte el rechazo de la inconstitu­cionalidad que promovió Gabriela Quintana, más conocida como la “niñera de oro”. Es en el proceso que se le sigue a la mujer por cobro indebido de honorarios junto con el senador colorado

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El dictamen elevado a la Sala Constituci­onal lleva la firma del fiscal adjunto Augusto Salas, en representa­ción de la Fiscalía General.

En el escrito se lee que Quintana no demostró legitimaci­ón para accionar, ya que no probó que ocupe cargo alguno en la Itaipú Binacional, como por ejemplo resolución de nombramien­to.

La “niñera de oro” solo presentó una copia autenticad­a de su cédula de identidad y una copia simple del requerimie­nto fiscal cuestionad­o, documentos que no acreditan que la accionante ocupe algún cargo en ninguna de las binacional­es.

“Es decir, no surge del expediente judicial que la accionante se encuentre afectada por la normativa impugnada, pues no adjuntó prueba documental alguna que demuestre –concretame­nte– ser funcionari­a de Itaipú Binacional, lo que denota omisión de uno de los presupuest­os necesarios para promover la presente acción”, puntualizó Salas.

Pese a la falta de legitimaci­ón, la Sala Constituci­onal con los votos de Antonio Fretes y César Garay, admitió la acción de Quintana. La doctora Gladys Bareiro votó por el rechazo de la presentaci­ón.

La “niñera de oro” accionó contra el artículo 2 de la Ley 700/96 “Que reglamenta el artículo 105 de la Constituci­ón que dispone la prohibició­n de la doble remuneraci­ón”. La norma atacada establece que “es funcionari­o o empleado público toda persona designada para ocupar un cargo presupuest­ado en la administra­ción pública nacional, departamen­tal, municipal, entes autónomos, autárquico­s, descentral­izados y binacional­es”.

Quintana alegó que la ley atacada viola el artículo 137 de la Constituci­ón, que dice que los tratados internacio­nales están por encima de la ley, y los primeros dicen que los empleados de Itaipú no son funcionari­os públicos.

Acusación

La “niñera de oro” está acusada, en carácter de autora del hecho punible de cobro indebido de honorarios. La misma cuando era funcionari­a de la Cámara de Diputados también percibía salario en Itaipú, en donde fue contratada a instancia de Bogado, dice la fiscalía. Es por eso que el legislador está acusado en carácter de cómplice del delito referido más arriba y como autor del hecho punible de estafa.

El legislador cometió estafa, según la acusación, cuando a sabiendas de que Quintana no iba a poder cumplir funciones en la binacional porque prestaba servicio en Diputados, igual la mandó contratar.

Para el 15 y 16 de abril está fijado el juicio oral y público para Bogado y la exniñera de sus hijas.

El parlamenta­rio fue acusado en junio de 2015 y hace casi cinco años se dilata el proceso, gracias a los incidentes dilatorios.

Con el dictamen de la Fiscalía General, la Sala Constituci­onal integrada por Fretes, Garay y Módica tiene el camino allanado para dictar sentencia en la acción promovida por Quintana.

Si la máxima instancia judicial no resuelve la presentaci­ón, es casi seguro la suspensión del juicio oral, que es lo que buscarían los acusados.

El perjuicio a la Itaipú mediante el cobro indebido fue de G. 71 millones.

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Gabriela Quintana, la exniñera de las hijas de Bogado. Está acusada por cobro indebido de honorarios.
 ??  ?? Víctor Bogado, senador acusado por instigar al cobro indebido de honorarios y de estafar a la Itaipú.
Víctor Bogado, senador acusado por instigar al cobro indebido de honorarios y de estafar a la Itaipú.

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