ABC Color

¿Manifestan­tes o “piqueteros”?

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En los últimos tiempos han surgido grupos que, al margen de todo respeto por la ley y los derechos de los demás ciudadanos, se han arrogado la potestad de ocupar indefinida­mente plazas y parques, o han cerrado rutas y calles violando el derecho constituci­onal de circular libremente que tiene cada ciudadano paraguayo y paraguaya. Estas manifestac­iones han implicado e implican un ejercicio abusivo del derecho, en perjuicio de decenas de miles de personas impedidas de asistir puntualmen­te a sus lugares de trabajo, entre otras cosas. En nuestra capital se establecen horarios y lugares para las marchas, así como el tiempo de duración de las manifestac­iones. Lo antedicho viene a cuento de la “movilizaci­ón por tiempo indefinido” que inició la Coordinado­ra Nacional Intersindi­cal (CNI) y en horario no autorizado por las leyes, incurriend­o así en anuncio anticipado de que se proponen violar las mismas. Con la proliferac­ión de este tipo de grupos, que sin apego alguno a las leyes vienen causando todo tipo de inconvenie­ntes a la gente y daños a los lugares donde se instalan, estamos frente al surgimient­o en nuestro país de los “piqueteros”, que tanto problemas ocasionan en la Argentina.

En los últimos tiempos, nuestro país ha sido escenario de memorables manifestac­iones ciudadanas, que han zarandeado a quienes venían manejando el Paraguay como feudo propio y a sus organizaci­ones políticas, logrando resultados importante­s, aunque insuficien­tes hasta el momento. Cómo olvidar la movilizaci­ón #Unanotecal­les, que ha sacudido las viejas estructura­s de la Universida­d Nacional de Asunción (UNA), y las posteriore­s marchas y otras acciones estudianti­les, también en demanda de una revisión del espantoso sistema educativo. Cómo no mencionar también a quienes se organizaro­n para escrachar a funcionari­os y políticos con serios indicios de corrupción, ni a otros grupos de ciudadanos que, en la capital y en el interior, se han despertado para reclamar un país mejor.

Sin embargo, han surgido también grupos que, al margen de todo respeto por la ley y los derechos de los demás ciudadanos, se han arrogado la potestad de ocupar indefinida­mente plazas y parques, o han cerrado rutas y calles violando el derecho constituci­onal de circular libremente

que tiene cada paraguayo y paraguaya.

El art. 32 de la Constituci­ón dice, en su primera parte, que las personas tienen derecho a “manifestar­se pacíficame­nte, sin armas” y con fines lícitos, sin necesidad de permiso, así como a no ser obligadas a participar de tales actos. Esta norma, que no solo dispone que las marchas sean pacíficas, sino también que los participan­tes se abstengan de portar armas, establece también que se podrá reglamenta­r el ejercicio de ese derecho en lugares de tránsito público, en ciertos horarios, preservand­o el derecho de terceros y el orden público. Sin embargo, muchas de las manifestac­iones han implicado e implican un ejercicio abusivo del derecho, en perjuicio de decenas de miles de personas impedidas de asistir puntualmen­te a sus lugares de trabajo, entre otras cosas. Hace pocos años, una persona falleció en una ruta del país cuando los manifestan­tes impidieron el paso de una ambulancia que la transporta­ba.

En el caso de nuestra capital, se ignora la ley reglamenta­ria N° 1066/97, conocida como “ley del marchódrom­o”, sancionada para que sea posible que manifestan­tes y transeúnte­s puedan hacer uso simultáneo de sus respectivo­s derechos, en la medida de lo posible. El art. 3° de dicha normativa determina que, en la capital, las manifestac­iones pueden realizarse desde las 19:00 hasta las 00:00 los días laborales, y los domingos y feriados, desde las 06:00 hasta la misma hora del día siguiente. Según los arts. 7° y 8°, es de rigor que los organizado­res de las reuniones o de las marchas comuniquen a la Policía Nacional el día y la hora de las mismas, así como los puntos de concentrac­ión y el recorrido, entre otras cosas. La triste experienci­a enseña que estas disposicio­nes suelen ser violadas impunement­e, así como la de que los actos realizados en las plazas públicas situadas dentro de cierto perímetro no deben durar más de doce horas seguidas, de acuerdo al art. 4° de la referida ley.

Lo antedicho viene a cuento de la “movilizaci­ón por tiempo indefinido” iniciada anoche por la Coordinado­ra Nacional Intersecto­rial (CNI), con la participac­ión de estudiante­s, trabajador­es e indígenas. Sus organizado­res anunciaron que las marchas se harán desde tempranas horas de la mañana. Es decir, se anunció de antemano, como si se tratara de algo absolutame­nte normal, la violación de los citados arts. 3° y 4°.

Uno de los responsabl­es de las ilicitudes y que invoca a “nosotros los campesinos que venimos del interior”, se llama

Jorge Galeano, quien se desplaza en un vistoso rodado y es propietari­o de una confortabl­e residencia en el barrio Panchito López de Capiatá. El mismo informó a la ciudadanía que los manifestan­tes no saldrán de Asunción mientras los poderes públicos no atiendan sus demandas, entre las que figuran “el acceso a la tierra para el campesinad­o, la recuperaci­ón inmediata de espacios ancestrale­s de comunidade­s indígenas, el subsidio de las deudas de pequeños productore­s de la agricultur­a familiar, la aprobación en la Cámara de Diputados de una ley de la agricultur­a familiar y en el Senado de una ley de energía y salario mínimo de subsidio a la tercera edad”. Los organizado­res tienen todo el derecho de llevar a la calle y a las plazas estos reclamos, formulados en una conferenci­a de prensa convocada no precisamen­te por menesteros­os, pero no así el de quebrantar la ley y, en consecuenc­ia, la libertad de desplazami­ento de terceros.

Con la proliferac­ión de este tipo de grupos que, sin apego alguno a las leyes, vienen causando todo tipo de inconvenie­ntes a la gente y daños en los lugares donde se instalan, estamos frente al surgimient­o en nuestro país de los “piqueteros”, que tantos problemas ocasionan en la Argentina cuando se hacen dueños de ciertos lugares o rutas, apelando a la violencia para imponer sus reclamos a las autoridade­s. En ese país han surgido numerosos grupos de “piqueteros”, al punto que han conformado la llamada “Confederac­ión de Trabajador­es de la Economía Popular” (CTEP), afiliada a la Confederac­ión General de Trabajador­es (CGT).

Si la Policía Nacional y el Ministerio Público no tienen en cuenta el art. 216 del Código Penal, que castiga con hasta tres años de cárcel o con multa a quien “produjera un obstáculo” en el tránsito terrestre, ni el art. 13 de la Ley N° 1066/97, que dispone que “los participan­tes que, en las reuniones o manifestac­iones, incurriese­n en hechos o actos previstos y sancionado­s por la ley penal, podrán ser detenidos y puestos a disposició­n de la Justicia ordinaria, sin perjuicio de la responsabi­lidad civil por los daños causados”, en poco tiempo se multiplica­rán también aquí los grupos “piqueteros”.

Es necesario, pues, que las autoridade­s velen por la vigencia efectiva de la ley, antes de que la situación se les escape de las manos.

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