ABC Color

Fallo sobre incompatib­ilidad

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A través del Acuerdo y Sentencia N° 810, del 22 de junio del 2016, la Sala Constituci­onal sentó postura sobre la incompatib­ilidad entre el ejercicio de la abogacía y la calidad de funcionari­o público, al rechazar una acción de inconstitu­cionalidad contra el art. 60 de la Ley N° 1626/00, “De la Función Pública”, incisos l y m. La acción fue radicada por abogados de la Dirección Nacional de Aeronáutic­a Civil, que alegaron que dicha ley les impone una injusta limitación.

La ministra Gladys Bareiro dijo que “(...) se ha de notar que resulta incompatib­le el ejercicio de la profesión de abogado y la función del empleado público, por cuanto el primero implica la actuación del mismo al servicio del cliente debiendo mantenerse independie­nte de todo tipo de presiones e incluso beneficios a que podría acogerse si trabaja para algún órgano o dependenci­a del Estado, a diferencia de los demás abogados que ejercen la profesión; en el segundo caso, se debe dedicar por entero a su función y, por tanto, no hay cabida para que pueda desempeñar paralelame­nte diferentes funciones, más aun teniendo en cuenta que el horario en el que podría ejercer la profesión de abogado es el mismo que el que le correspond­e cumplir como funcionari­o público”.

“Considero plenamente justificad­a la incompatib­ilidad mencionada con cualquier trabajo que pueda menoscabar el estricto cumplimien­to de las obligacion­es de un funcionari­o público, teniendo en cuenta las importante­s funciones a su cargo que deben ser cumplidas con responsabi­lidad e imparciali­dad (...)”, agregó Antonio Fretes. Miryam Peña se adhirió a estos votos.

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