Las normas para Uber y MUV están vigentes
El intendente asunceno, Mario Ferreiro, promulgó ayer la ordenanza que regula el “servicio de transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados, contratados a través de aplicación electrónica”. Esta es la primera norma que regulará a MUV y a Uber a nivel municipal en el país.
La ordenanza ya se encuentra en la página web de la Comuna capitalina. Este contempla dos figuras, el de permisionario y el de conductor, que pueden ser la misma persona. El permisionario solo puede ser una persona física y habilitar hasta tres vehículos.
Se dicta entre las obligaciones de los permisionarios, la de tener un permiso municipal, contar con una póliza de seguro con responsabilidad civil con cobertura de daños a terceros, conductor y pasajeros en una modalidad de transporte oneroso.
La Intendencia llevará un registro de los vehículos, los permisionarios y de las plataformas. Sobre las tarifas, se decidió que no podrán ser subsidiadas, ni tener precios predatorios.
Sobre las plataformas electrónicas, se afirma que no podrán despachar viajes por más de ocho horas corridas a un conductor. Sobre las obligaciones de los conductores, se señala que tendrán licencia de conducir particular, y no será necesaria la profesional. Ni el conductor ni los pasajeros podrán fumar, consumir alimentos, bebidas alcohólicas ni sustancias psicoactivas durante el servicio.
Finalmente, los vehículos deben tener solo hasta 12 años de antigüedad y la patente de rodados debe ser de la ciudad donde indique la cédula verde. También se establecen las sanciones, como la suspensión y la inhabilitación.