Casi 4 meses preso sin motivo
El 5 de mayo pasado, la fiscal antidrogas Lorena Ledesma imputó a Ricardo Gizzi Alvez por posesión, comercialización y tráfico de drogas y solicitó la prisión preventiva del mismo.
Según la investigación, el 3 de mayo la Unidad de Investigación Sensitiva, SIU-SENAD, comunicó a la fiscal, la retención de una encomienda advertida por las autoridades de la Empresa de Encomiendas TransRuta, que contendría sustancias estupefacientes, presumible éxtasis, por lo que en horas de la tarde, la fiscala se constituye en la empresa con agentes de la Senad, donde le hacen entrega de un sobre de color verde con azul con la descripción Katuete y tenía como destinatario Ricardo Gozzi Alves.
Posteriormente, el 4 de mayo, agentes de la Senad detienen a Gozzi en la ciudad de Katuete, departamento de Canindeyú, al ir a retirar su encomienda. Se realiza el análisis primario de campo resultando positivo a supuesta Anfetamina con un total de 298 dosis. El 6 de mayo la jueza de guardia, Alicia Pedrozo, decreta su prisión preventiva y su reclusión al penal de Tacumbú.
Tras estar tres meses y 27 días privado de su libertad, el 3 de septiembre pasado sus defensores Keiko Kanazawa y Osvaldo Peña solicitaron la revisión de la prisión, teniendo en cuenta el resultado de la pericia que había ordenado la jueza de la causa, Rosarito Montanía, a lo incautado por la Senad, y realizado por la Dirección Forense especializada de la Secretaría Nacional Antidrogas y que refiere que se trata de Clobenzorex y Cafeína y que no son sustancias controladas por la ley 1340/88.
A raíz de ello, el juez que interina a su colega Montanía, Rolando Duarte, resolvió eximirle de medidas y ordenó su libertad, indicando que “no existen elementos que ameriten la aplicación de medidas sustitutivas a la prisión preventiva, pues no se hallan reunidos los presupuestos exigidos por la ley, habida cuenta que las sustancias incautadas y que dieron inicio a la presente causa no son controladas por la ley 1340/88, por tanto a prima facie, desvirtúa totalmente la hipótesis inicial sostenida en el acta de imputación”. Además, el afectado no cuenta con antecedentes alega la resolución. penales,