Evalúan sesión extra para cambiar la ley de DD.JJ.
El presidente de la Comisión Permanente Arnaldo Franco (ANR-HC) dijo que conversó con algunos diputados de la posibilidad de convocar a la Cámara Baja en el receso para modificar la ley sobre declaraciones juradas.
Franco, en conferencia de prensa, dijo ayer que habló con el presidente de la Cámara de Diputados Pedro Alliana (ANR-HC) y que la intención es evitar que quede vigente sin cambios la ley promulgada en agosto pasado, que dispone que solo a través de una medida judicial se podrá acceder a las declaraciones juradas de los funcionarios públicos.
El 5 de diciembre pasado, la Cámara de Senadores aprobó un nuevo proyecto modificatorio de la ley que reglamenta el artículo 104 de la Constitución, “De la declaración jurada de bienes y rentas”.
La normativa aprobada dispone que la Contraloría General de la República debe publicar en su página web todas las declaraciones juradas, por lo cual esa información estará a disposición de cualquier ciudadano que quiera consultarla.
El proyecto aprobado fue girado a la Cámara de Diputados que recién lo trataría en marzo, si no hay una convocatoria a sesión extraordinaria durante el receso legislativo.
De no haber esa convocatoria y aprobación del proyecto del Senado, el 7 de
febrero entrará en vigencia la ley que requiere autorización judicial para la publicación de declaraciones juradas de autoridades públicas.
El senador Franco dijo que está en diálogo constante con el presidente de Diputados, Pedro Alliana, sobre la posibilidad de convocar una sesión extraordinaria de la citada Cámara, de manera a tratar el proyecto de ley de declaración jurada.
“Conversé con el presidente de Diputados sobre eso, hay que afinar bien la puntería, de nada sirve convocar y que no haya quorum”, apuntó.
Otras modificaciones
El proyecto del Senado obliga también a las empresas contratistas del Estado a presentar sus declaraciones ante la Contraloría General de la República. De esta obligación; sin embargo, están exentas las pequeñas
y medianas (Mipymes).
El artículo respectivo dispone que están obligados a la presentación de sus declaraciones juradas “los accionistas, directores, socios gerentes o similares de empresas y entidades que sean contratistas o concesionarios del Estado, así como toda persona física o jurídica que de algún modo contrate, preste un servicio o realice una obra para el Estado, bajo cualquiera de las modalidades previstas”.
El proyecto incluye entre los puntos que debe contener la declaración jurada de bienes “la autorización expresa e irrevocable del declarante que faculte a la Contraloría General de la República, a dar a conocer públicamente los datos contenidos en su declaración jurada de rentas y bienes”. Esta publicidad se hará a través de la página web de la Contraloría.
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