Plantean más requisitos para conceder las expropiaciones
Un grupo de diputados de la oposición presentó un proyecto de ley que plantea más requisitos para que el Congreso otorgue expropiaciones y desafectaciones. La iniciativa legislativa surge luego de que se detectaran errores en los lineamientos de terrenos aprobados.
El Proyecto de Ley modifica el artículo 2° de la Ley 5832 “Que establece requisitos para la presentación de proyectos de ley de expropiación y desafectación de un inmueble o bien público urbano o periurbano a favor de sus actuales ocupantes.
Entre las principales modificaciones que plantea la norma se incluye como requisito el certificado catastral, expedido por el Servicio Nacional de Catastro, dependiente del Ministerio de Hacienda y otros datos técnicos, además se agregan obligaciones contenidas en otras leyes, tal como el lugar de la matriculación del profesional agrimensor.
El diputado Sebastián Villarejo (PPQ) indicó que además del certificado catastral, se incluye como requisito el certificado de condición de dominio y se ordenan mucho más los trámites a cumplir. Asimismo, menciona que cuando hay 20 años de ocupación de una colonia la expropiación debe correr por la vía de la usucapión y el Indert debe facilitarle un abogado.
En la exposición de motivos menciona que las nuevas exigencias que pretenden agregar a la ley surgen con el fin de evitar errores entre los inmuebles y que efectivamente se asegure que el inmueble en cuestión es el que se quiere desafectar o expropiar, evitando a los beneficiarios entrar en litigios judiciales sobre la ubicación del terreno.
Añaden que ya en el año 2014 se informaba que según los registros, el Paraguay tenía una superficie mayor que la indicada geográficamente, siendo necesario adoptar medidas para evitar y corregir las superposiciones existentes.
También destacan que varias de estas exigencias están prescritas en la acordada 84 del 5 de mayo de 1998, dictada por la Corte y modificada por el artículo 1° de la acordada 859 del 26 de noviembre de 2013. Esta disposición reglamentaria impone la presencia de un perito agrimensor en la determinación de la ubicación de los títulos y ello es concordante con los artículos 174 y 175 del Código de Organización Judicial.
La iniciativa parlamentaria que será analizada a la vuelta del receso parlamentario fue presentada por el diputado Villarejo (PPQ) con el apoyo de legisladores del PLRA y PEN.