Tachan de ilegal e inconstitucional la ordenanza que afecta a Uber y MUV
Trabajadores y usuarios de las plataformas Uber y MUV afectados por la ordenanza 232/2019 de San Lorenzo anuncian una protesta para hoy, lunes, pues consideran que la disposición es ilegal e inconstitucional.
SAN LORENZO (Antonia Delvalle C., corresponsal). Steven Puris, uno de los coordinadores de Uber, informó a ABC que desde las 8:00 se concentrarán frente al palacete municipal en defensa de un trabajo lícito, que está siendo limitado por los concejales municipales que sancionaron la ordenanza citada. Además, resulta un atentado contra el derecho que tiene cualquier persona de elegir o no determinado servicio, por el cual paga, por lo que invita a los ciudadanos a sumarse.
Señaló que será una protesta pacífica, sin cierre de calles, porque están en contra de la violencia y de pisotear derechos de las personas, como la libre circulación. Añadió que también buscarán hacer “entrar en razón” a los concejales, que tengan en cuenta que la ciudadanía es la que saldrá ganando con la libre competencia.
Resaltó que, de hecho, gran parte de los artículos de la normativa aprobada el año pasado no solo colisiona con derechos consagrados por la Constitución Nacional y leyes, sino que son inviables. Uno de ellos es que la plataforma digital debe estar habilitada por la municipalidad y debe tener domicilio en la misma ciudad.
Igualmente, cuestionan que la ordenanza en el artículo 5º les prohíba alzar pasajeros a 100 metros a la redonda de una parada de taxi, con lo que no podrán cumplir con el pedido de usuarios que prefieren viajar con ellos. También están en desacuerdo con que se les catalogue como “servicio público” (artículo 2º), ya que es un servicio público privado, no es trasporte público, porque es una aplicación con un servicio de intermediación de viaje que el usuario acepta y que no está regulado por las instituciones públicas encargadas propiamente del trasporte público.
Además, a diferencia de los taxistas, se les exige que los vehículos solo podrán ser conducidos por sus propietarios, siempre que cuenten con licencia de conducir “profesional A” y que sean mayores de 24 años, con seis años de experiencia. “Qué pasa con algunos que tienen experiencia en conducir y buscan trabajo, pero tienen otra categoría (de licencia) particular”, lamentó.
Señaló que mediante un amparo constitucional se subsanó esta problemática en Asunción, por lo que no dudarán también en recurrir a la Defensoría del Pueblo para que se promueva ante la Justicia una medida similar.
“Tenemos ganado un amparo que tiene un efecto a nivel país, en el marco del derecho al trabajo, amparado en la Constitución Nacional, que no puede ser prohibido ni limitado por una ordenanza municipal”, añadió.
Dijo que si existiese una necesidad de plantear una
aclaratoria de ese amparo o surge la necesidad de planear un recurso de amparo contra la ordenanza, la Defensoría del Pueblo lo va a hacer.
Acotó que la Junta Municipal puede regular el servicio, como prohibir que ocupen paradas de taxis, pero no prohibir que alcen pasajeros ni siquiera frente a una parada.