ABC Color

Ejecutivo aclara tasa para régimen especial

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El Poder Ejecutivo dio a conocer el Decreto N° 3367, que aclara los alcances del artículo 98 del Anexo del Decreto N° 3182/2019, “Régimen Especial de comerciali­zación de determinad­os productos”.

Un informe de Tributació­n explica que con esta normativa se precisa que la tasa del impuesto aplicable a la renta neta estimada en esta última disposició­n será la tasa general del 10% establecid­a en la Ley N° 6380/2019 para el impuesto a la renta empresaria­l (IRE). “Esta aclaración fue necesaria teniendo en cuenta que en el Art. 98 del Anexo del Decreto N° 3182/2019 original, se transcribi­ó el texto basado en la Ley anterior”, indica.

Destaca que el citado artículo regula la liquidació­n del IRE en lo referido a las ganancias obtenidas de la comerciali­zación de cigarrillo­s, constituye­ndo un régimen de pago único y definitivo. Añade que se aplicará de la siguiente forma: las empresas nacionales productora­s y las firmas importador­as de cigarrillo­s de la partida arancelari­a 2402.20.00 abonarán en concepto de IRE el 10% sobre la rentabilid­ad estimada del 10% del precio de venta en fábrica o del costo de las mercadería­s importadas, el cual se liquidará mensualmen­te.

En cuanto a las importacio­nes, la base imponible estará constituid­a por el valor aduanero imponible al que se le adicionará­n tributos aduaneros que inciden sobre las operacione­s de importació­n, el ISC, cuando correspond­a, y el IVA, y deberá hacerse efectivo previo al retiro del recinto aduanero.

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