Ley dura para ganado suelto
La Ley N° 5016/14 “De tránsito y seguridad vial”, en adelante, será aplicada con dureza contra los infractores por dejar ganado suelto en la vía pública, en vista al aumento de accidentes automovilísticos por esa causa en las diferentes rutas del país.
Así se informó en el marco de la firma del convenio entre el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) y la Asociación Rural del Paraguay (ARP), con el objeto de establecer los términos y condiciones en que se llevará a cabo el manejo de los animales sueltos, capturados en la vía pública.
Sean vacunos, equinos, caprinos, ovinos o porcinos, que deambulen sin ser guiados por personas responsables, o no se encuentren correctamente amarrados, serán enlazados y retirados por la Patrulla Caminera, que dispondrá de un camión transganado para llevarlo a un confinamiento. La multa establecida para los propietarios correspondientes es de cinco jornales, que son G. 421.700.
La Patrulla Caminera deberá retirar los animales sueltos y notificar a sus propietarios en un plazo de 24 horas y de no presentarse o individualizarse a los mismos, podrán ser faenados a partir del tercer día, o proceder a su incineración.
El acuerdo interinstitucional fue firmado por el ministro Arnoldo Wiens; por la ARP rubricó su titular Luis Villasanti, y en representación del Senacsa lo hizo José Carlos Martin Camperchioli. También participó el director de la Caminera, Luis Christ Jacobs.