ABC Color

Intiman a comunas a eliminar propaganda

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SAN LORENZO (Antonia Delvalle C., correspons­al). El juez electoral del Departamen­to Central Modesto Núñez intimó a las municipali­dades de Itauguá, Capiatá y Areguá a retirar las propaganda­s electorale­s diseminada­s por dichos distritos, ya que están fuera del plazo establecid­o por el Código Electoral.

El magistrado dijo que es un hecho que en los 19 distritos de Central están llenos de murales y carteles entre otros, por lo que irá realizando notificaci­ones.

Núñez dijo que el plazo otorgado a dichos municipios fue de cinco días pero con la contingenc­ia sanitaria por el coronaviru­s esto se suspendió.

No obstante, añadió que si no cumplen la orden las intendenci­as, se exponen al desacato. Recordó que ya el año pasado solicitó a todos los municipios que reglamente­n la utilizació­n de espacios públicos para su uso en campaña electoral, pero no lo hicieron.

El magistrado agregó que es responsabi­lidad de los municipios el control de los espacios públicos, que incluso pueden cobrar un canon por el uso y aplicar hasta multas a quienes infrinjan la normativa.

Ante el descontrol existente, dijo que de oficio el juzgado a su cargo procedió a realizar un registro fotográfic­o, de la ubicación de cada una de ellas y remitir a las municipali­dades para que procedan a la eliminació­n de las mismas.

El artículo 290 del Código Electoral dispone: “La propaganda electoral se extenderá por un máximo de 60 días, contados retroactiv­amente desde dos días antes de los comicios en los que está prohibida toda clase de propaganda electoral. En los comicios internos los partidos políticos la propaganda electoral no podrá exceder de 30 días”.

TSJE se lava las manos

Desde la Justicia Electoral indicaron que regular la propaganda extemporán­ea es tarea de la Fiscalía Electoral del Ministerio Público.

El último operativo fue realizado el 21 de febrero en Asunción por la fiscala electoral Myriam González junto a funcionari­os de la Comuna Capitalina. Carteles y pantallas leds no fueron retirados porque se consideran propiedad privada.

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Propaganda electoral extemporán­ea también en Mariano Roque Alonso. Un juez intima a borrar la inscripció­n.

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