Intiman a comunas a eliminar propaganda
SAN LORENZO (Antonia Delvalle C., corresponsal). El juez electoral del Departamento Central Modesto Núñez intimó a las municipalidades de Itauguá, Capiatá y Areguá a retirar las propagandas electorales diseminadas por dichos distritos, ya que están fuera del plazo establecido por el Código Electoral.
El magistrado dijo que es un hecho que en los 19 distritos de Central están llenos de murales y carteles entre otros, por lo que irá realizando notificaciones.
Núñez dijo que el plazo otorgado a dichos municipios fue de cinco días pero con la contingencia sanitaria por el coronavirus esto se suspendió.
No obstante, añadió que si no cumplen la orden las intendencias, se exponen al desacato. Recordó que ya el año pasado solicitó a todos los municipios que reglamenten la utilización de espacios públicos para su uso en campaña electoral, pero no lo hicieron.
El magistrado agregó que es responsabilidad de los municipios el control de los espacios públicos, que incluso pueden cobrar un canon por el uso y aplicar hasta multas a quienes infrinjan la normativa.
Ante el descontrol existente, dijo que de oficio el juzgado a su cargo procedió a realizar un registro fotográfico, de la ubicación de cada una de ellas y remitir a las municipalidades para que procedan a la eliminación de las mismas.
El artículo 290 del Código Electoral dispone: “La propaganda electoral se extenderá por un máximo de 60 días, contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios en los que está prohibida toda clase de propaganda electoral. En los comicios internos los partidos políticos la propaganda electoral no podrá exceder de 30 días”.
TSJE se lava las manos
Desde la Justicia Electoral indicaron que regular la propaganda extemporánea es tarea de la Fiscalía Electoral del Ministerio Público.
El último operativo fue realizado el 21 de febrero en Asunción por la fiscala electoral Myriam González junto a funcionarios de la Comuna Capitalina. Carteles y pantallas leds no fueron retirados porque se consideran propiedad privada.