El modelo de boleta “es referencial”
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió un informe para aclarar que el modelo de boleta Resimple, dispuesto por la Resolución General N° 32/2020, constituye solamente un referencial y que los contribuyentes pueden personalizar dicho comprobante.
“Los datos consignados en la boleta referencial de Resimple corresponden a la información obligatoria y mínima con que deberá contar la misma para su emisión, sin perjuicio de que se pueda consignar demás datos de interés del negocio”, indica la nota.
Adicionales
Añade que los datos adicionales son nombre de fantasía, número de teléfono, dirección electrónica, sitio web, logotipos, u otros datos que faciliten al contribuyente el registro de sus operaciones.
La SET expresa que mediante la Resolución General N° 32 del 3 de enero de 2020 se estableció el comprobante de venta que deben emitir los contribuyentes que liquiden IRE por el régimen simplificado para pequeñas empresas, Resimple y que en el artículo 3° de la citada resolución se enumeran los datos preimpresos del emisor que deberá contener necesariamente la boleta Resimple a ser utilizada por los sujetos obligados.
La nueva ley tributaria establece un régimen simplificado para pequeñas empresas (Resimple), enfocado en aquellas empresas unipersonales que realicen actividades gravadas por el impuesto a la renta empresarial (IRE).
Estos pequeños contribuyentes podrán optar por el presente régimen cuando sus ingresos brutos devengados en el ejercicio fiscal anterior sean iguales o inferiores a G. 80 millones y deberán abonar de entre G. 20.000 y G. 80.000 mensuales.
El Resimple, de esta manea, sustituye al Impuesto a la Renta del Pequeño Contribuyente (IRPC), cuyo pago correspondiente al ejercicio 2019 vence este mes.
De acuerdo a lo que había anunciado el viceministro de Tributación, Óscar Orué, a algunos sectores como yuyeros no se les aplicará multas, sino que insistirá en la capacitación para que puedan adaptarse a las nuevas reglas y se formalicen sus actividades.