Analizan el nuevo régimen de sanciones forestales
La Asociación Rural del Paraguay (ARP) está trabajando con el Ministerio del Ambiente (Mades) y el Instituto Forestal Nacional (Infona) para mejorar las normas ambientales con las que se estableció el nuevo régimen de sanciones, según la información que difundió el gremio.
El Instituto Forestal Nacional (Infona) emitió la resolución Nº 94/2020 “por la cual establece el régimen de infracciones y sanciones forestales y el reglamento de trámites administrativos relativos a los sumarios administrativos por infracciones a la Ley Forestal”, según se informó.
El documento tiene relación con el decreto Nº 3.312/2020, por el cual se reglamenta el artículo 53 de la Ley “Forestal” Nº 422 del año 1973, y se otorgan facultades administrativas al Infona, a los efectos de establecer garantías en materia de procedimientos sumariales.
Según la explicación, dicho decreto fija y clasifica las multas por la comisión de infracciones previstas en el Artículo 53 de la Ley Nº 422/1973 y las demás leyes de competencia del Infona.
El decreto no afecta las leyes especiales que disponen obligaciones y sanciones de índole forestal, en faltas levísimas, leves, medias, graves y gravísimas, de conformidad con la escala establecida
en el artículo 4° de la citada norma legal.
El decreto es del 7 de febrero de este año y la resolución del Infona es del 11 del mismo mes. En tanto, la ARP aludió al tema forestal la semana pasada, en un comunicado en el que mencionaba 11 puntos relevantes para el sector. “Participamos de las reuniones con el Ministerio del Ambiente y Desarrollo sostenible y el Instituto Forestal Nacional para mejorar las normas relativas al ambiente, en particular las
que establecieron un nuevo régimen de sanciones”, señala el punto 10, de los 11 abordados por la Rural.
Al realizar las consultas al Infona, sobre qué aspectos cambiaron en la nueva reglamentación, respondieron que “no hay ningún cambio”. “Son trámites internos, acorde con las indicaciones de la Asesoría Jurídica del Infona”, dijeron.
Sin embargo, al preguntárseles sobre la nueva norma en el sector productivo forestal, señalaron que según los datos que se manejan, “cualquier falta o papel que no esté correcto, podría significar indefectiblemente una multa de 2.000 jornales”.
Cifras de las sanciones
El decreto Nº 3312/2020 estipula que las faltas levísimas tendrán multas de un jornal a 2.000 jornales mínimos, para actividades diversas no especificadas y/o el decomiso de los productos o subproductos forestales retenidos durante la intervención.
A su vez, por las faltas leves se aplicarán multas de 2.000 a 4.000 jornales mínimos; por las faltas medias, las multas serán de 4.000 a 6.000 jornales mínimos.
Respecto a las faltas graves, la norma establece multas de 6.000 a 8.000 jornales mínimos.
Por las faltas gravísimas, el decreto establece la aplicación de multas que serán de 8.000 a 10.000 jornales mínimos.
Otro punto es que el Infona podrá autorizar el pago fraccionado de la multa.