No está prohibida la atención odontológica
Con la excusa de que no está recomendado por el Ministerio de Salud, algunos sanatorios privados se niegan a brindar atención odontológica, sin embargo la cartera aclara que no está prohibida la atención, pero la misma se debe ajustar a un estricto protocolo que se puede consultar en la página del ministerio (www.mspbs.gov.py), que es de carácter obligatorio para odontólogos y personal auxiliar que prestan atención de pacientes en establecimientos públicos y privados.
El protocolo no solo contempla las atenciones que sean emergencias y urgencias, sino también tratamientos impostergables que puedan derivar en urgencias, como endodoncia, implantología, ortodoncia, entre otros. Además, entre los requisitos establece que los turnos deberán ser programados, telefónicamente, y para los pacientes mayores de 60 años o con enfermedades de base, que son más vulnerables a generar la forma grave del covid-19, su atención debe realizarse en el primer turno de la mañana y limitarse a tratamientos de emergencias y de urgencias.