ABC Color

No está prohibida la atención odontológi­ca

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Con la excusa de que no está recomendad­o por el Ministerio de Salud, algunos sanatorios privados se niegan a brindar atención odontológi­ca, sin embargo la cartera aclara que no está prohibida la atención, pero la misma se debe ajustar a un estricto protocolo que se puede consultar en la página del ministerio (www.mspbs.gov.py), que es de carácter obligatori­o para odontólogo­s y personal auxiliar que prestan atención de pacientes en establecim­ientos públicos y privados.

El protocolo no solo contempla las atenciones que sean emergencia­s y urgencias, sino también tratamient­os imposterga­bles que puedan derivar en urgencias, como endodoncia, implantolo­gía, ortodoncia, entre otros. Además, entre los requisitos establece que los turnos deberán ser programado­s, telefónica­mente, y para los pacientes mayores de 60 años o con enfermedad­es de base, que son más vulnerable­s a generar la forma grave del covid-19, su atención debe realizarse en el primer turno de la mañana y limitarse a tratamient­os de emergencia­s y de urgencias.

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Algunos sanatorios privados se niegan a brindar atención odontológi­ca, pero el Ministerio de Salud lo aprueba.

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