Procurador refuta a Royal Seguros sobre póliza del metrobús
Royal Seguros SA señaló ayer que el MOPC no recuperará la póliza de fiel cumplimiento del contrato del Metrobús, si el Estado pierde el arbitraje con Mota Engil. Procurador dice que interpretación de la firma es una “falacia”.
La Procuraduría General de la República (PGR) lamentó ayer la decisión de la firma Royal Seguros SA, de depositar en una cuenta judicial los G. 40.390 millones (US$ 6,4 millones al cambio actual), correspondientes a la garantía de fiel cumplimiento del contrato del fallido metrobús.
El titular de la institución, Sergio Coscia, señaló que la póliza en cuestión debía ser transferida directamente a una cuenta del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), institución afectada por el incumplimiento del contrato de la portuguesa Mota Engil.
Empero, la aseguradora realizó el pago mediante consignación judicial por considerar “la existencia de una medida cautelar dictada por un Tribunal Arbitral, por la que se ordena a la República del Paraguay, a suspender la ejecución de las garantías contractuales y porque el MOPC no desistió formalmente del pedido de ejecución” de la caución.
Ante esta situación, por ahora, el Estado no podrá utilizar estos recursos. Coscia manifestó que la interpretación de Royal Seguros, de esperar la resolución definitiva del arbitraje –entre el MOPC y Mota Engil–, para disponibilizar la garantía a favor del Estado, es “una falacia”.
“Eso es una falacia, absolutamente falso. Ellos no tienen que ni siquiera referirse al arbitraje, ya que no son parte de ese proceso. Es una excusa nuevamente. Ellos asumen como si fuesen Mota Engil y me parece que eso es muy sospechoso, porque son solo los aseguradores del contrato. No son parte del arbitraje y están asumiendo un rol como si lo fuesen”, expresó.
Por otro lado, indicó que hasta ayer al mediodía aún no recibieron una notificación respecto al desembolso y que pedirán que la garantía pase a cuentas del MOPC.
“Todavía no nos corrieron traslado del pago. Ahora, definitivamente, la compañía entiende muy mal la póliza del seguro, porque la póliza es a simple requerimiento, no guarda relación con el daño, guarda relación con el cumplimiento del contrato”, expresó.
Siguió: “Como este contrato ya ha sido cancelado y rescindido por el MOPC, con una causal justificada, ya no se va a cumplir el contrato. Entonces la garantía no es para cubrir daño, sino cubrir el cumplimiento del contrato y en este caso, por tratarse de una garantía a solo requerimiento cubre la totalidad del costo”.
Conferencia de Royal
Royal Seguros realizó ayer una conferencia de prensa para anunciar con bombos y platillos el “pago” de la póliza en cuestión. Sergio Recalde, director de la compañía, explicó que el depósito se realizó a nombre de un juzgado y que el tribunal del arbitraje internacional en proceso debe definir “cuándo y cuánto” debe pagarse al MOPC de la garantía de fiel cumplimiento.
Respecto a las razones por las cuales depositaron a una cuenta judicial y no al MOPC, el abogado resaltó que el artículo 584 del código civil, establece el pago por consignación. “Cuando el sujeto obligado a un pago desconoce o tiene dudas sobre el derecho de legitimación que tiene el acreedor de ese dinero, puede depositarlo judicialmente”, dijo.