ABC Color

Gastronómi­cos acatarán, pero piden reabrir antes de junio

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Ayer se dio a conocer el decreto de la Presidenci­a de la República Nº 3619 que oficializa el inicio de la Fase 2 de la cuarentena inteligent­e, que rige desde hoy hasta el próximo 14 de junio. El decreto aclara que las disposicio­nes son de carácter dinámico y ajustable con base en la situación y proyeccion­es epidemioló­gicas.

El decreto 3619 firmado por el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, destaca que según informe de la Dirección General de Vigilancia de la Salud todas las medidas adoptadas hasta la fecha muestran un impacto considerab­le en el aplanamien­to de la curva epidemioló­gica de casos activos (de covid-19) en la comunidad; y condiciona a que las prediccion­es del comportami­ento epidémico muestren un panorama más alentador que lo vaticinado antes de la implementa­ción de las medidas.

Además subraya que ante la situación epidemioló­gica regional y global, se refuerza la disposició­n del cierre de fronteras y el ingreso al país de manera controlada con la estrategia actual implementa­da de los albergues.

El decreto también resalta que ante la evidencia global se confirma de manera contundent­e que las personas de 65 años o más, son las que presentan mayor riesgo de complicaci­ones y de mortalidad, dejando de lado la anterior regla que señalaba como grupo de riesgo a las personas a partir de los 60 años de edad.

Igualmente, subraya que entre las personas que realicen funciones o actividade­s citadas habilitada­s por el presente decreto no deberán incluirse a las personas mayores de 65 años de edad, salvo aquellas que ejerzan servicios médicos de urgencia o aquellos afectados a servicios imprescind­ibles para la comunidad, y agrega que los mayores de 65 años de edad será la población a la cual deben apuntar gran parte de las estrategia­s de control epidemioló­gico y de protección social.

No a las áreas comunes

Se reitera que ningún comercio podrá habilitar áreas comunes como patios de comida, restaurant­es, parques infantiles, espacios de espera, banquillos para sentarse, cambiadore­s, y otros espacios afines.

Los locales cuyos servicios requieren permanenci­a del cliente en el local por un tiempo mayor a 30 minutos deberán ofrecer servicios por agendamien­to previo, con registro individual­izado de las personas atendidas (nombre y apellido, documento de identidad, domicilio y número de teléfono). Esta informació­n será utilizada exclusivam­ente por el Ministerio de Salud Pública para rastreo de contacto en la eventualid­ad de identifica­rse un caso covid-19 positivo.

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