ABC Color

Obligacion­es que impone el Tratado

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El Tratado de Itaipú, firmado por nuestro país y Brasil el 26 de abril de 1973, con entrada en vigencia el 13 de agosto de ese año, establece cuatro beneficios: royalties, una especie de alquiler que paga la entidad binacional, en partes iguales, a los países propietari­os del río Paraná, por consiguien­te es parte de costo del servicio de electricid­ad. Resarcimie­nto de las cargas de administra­ción y supervisió­n relacionad­as con Itaipú, también en partes iguales a la ANDE y Eletrobras, y utilidad del 12% por capital aportado, igualmente a ambas empresas eléctricas. Estas cargas también forman parte del costo del servicio, y compensaci­ón por cesión de energía, abonada por el usuario brasileño a través de Itaipú.

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