Vía libre para el enriquecimiento en la función pública.
Al ratificarse en su decisión de despenalizar la presentación de declaraciones juradas falsas por parte de quienes ejercen una función pública, la Cámara de Diputados cometió ayer una infamia que obliga al Poder Ejecutivo a ejercer de inmediato su derecho al veto. Es que lo resuelto, con solo catorce votos en contra, viola con flagrancia el principio de igualdad ante las leyes, apunta claramente a la impunidad y vuelve inocua la norma constitucional que obliga a los “funcionarios y empleados públicos, incluyendo a los de elección popular”, a declarar sus bienes y rentas dentro de los quince días de haber asumido el cargo y en igual plazo al abandonarlo. Si el presidente Mario Abdo Benítez promulgara la ley, se convertiría en cómplice de quienes defienden el derecho de mentir para disimular el enriquecimiento ilícito y daría pie a la gente a pensar que está metido en los “fatos”. Está en sus manos despegarse de los corruptos, impidiendo este mayúsculo atropello a la decencia, a la razón y a la Carta Magna.
Al ratificarse en su decisión de despenalizar la presentación de declaraciones juradas falsas por parte de quienes ejercen una función pública, la Cámara de Diputados cometió ayer una infamia que obliga al Poder Ejecutivo a ejercer de inmediato su derecho al veto. Es que lo resuelto, con solo catorce votos en contra, viola con flagrancia el principio de igualdad ante las leyes, apunta claramente a la impunidad y vuelve inocua la norma constitucional que obliga a los “funcionarios y empleados públicos, incluyendo a los de elección popular”, a declarar sus bienes y rentas dentro de los quince días de haber asumido el cargo y en igual plazo al abandonarlo.
El despropósito perpetrado, que salió del caletre del diputado Hernán David Rivas (ANR, cartista), casualmente flamante miembro del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, reza que “toda declaración jurada presentada en tiempo y forma es válida, independiente de si existen omisiones o errores. Las declaraciones juradas que adolezcan de omisiones o errores serán consideradas como declaraciones juradas válidas parciales hasta tanto se subsane la omisión o error detectado” (las negritas son nuestras). Si las omisiones o los errores constatados por la Contraloría General de la República no fueran rectificadas por el declarante, este recibirá apenas una sanción administrativa de multa. En otros términos, se podrá mentir alegremente y hasta persistir en la mentira sin temor a ser procesado, ya que la presentación de una declaración jurada de bienes y rentas no sería más que un simple trámite burocrático.
No fue derogado el art. 243 del Código Penal, que castiga con hasta cinco años de prisión a quien “presentara una declaración jurada falsa a un ente facultado para recibirla”, pena que se reduce a un año de cárcel o a una multa si la falsedad deriva de una actuación culposa. Como esta norma seguirá en vigor para quienes no tienen la suerte de estar a sueldo de los contribuyentes, estos seguirán siendo sancionados si presentaran una falsa declaración jurada para pagar menos el impuesto a la renta personal. En cambio, los instalados en un presupuesto nacional, departamental o municipal podrían mentir impunemente si la canallada en cuestión tuviera fuerza de ley.
A los autores de este esperpento les importó un bledo que el art. 47 de la Constitución garantice la igualdad ante las leyes y que el 104 diga que la declaración de bienes y rentas de quienes están en la función pública debe presentarse bajo juramento. Tal disposición deviene inútil si el perjurio no es castigado, de modo que un exdiputado podría ocultar sus bienes y rentas con toda impunidad para que no sea tan evidente que aprovechó su investidura para enriquecerse en forma ilícita. Esto significa que no solo se despenalizó el perjurio, sino también que se dificultó notablemente la constatación de un delito, que resulta de comparar entre sí las declaraciones juradas de bienes y rentas presentadas al asumir y al cesar en el cargo. Es lo que debe hacer la Contraloría General de la República, la que está obligada a denunciar ante el Ministerio Público la falta de correspondencia entre ellas. De acuerdo a la aberración aprobada por abrumadora mayoría, dicho órgano podrá formular una denuncia si sospecha que hubo un enriquecimiento ilícito, disposición que puede calificarse de cínica, porque el perjurio impune serviría, precisamente, para ocultar esa fechoría.
Vale repetir que las declaraciones juradas tendrán validez jurídica parcial aunque contengan “omisiones o errores” y sus autores hayan violado deliberadamente su juramento, razón por la cual están encausados, por cierto, el expresidente de la Cámara Baja Miguel Cuevas (ANR, abdista), el senador Javier Zacarías Irún (ANR, cartista) y el exsenador del mismo partido Óscar González Daher. Este órgano legislativo volvió a retratarse de cuerpo entero en un asunto relativo a las declaraciones juradas de bienes y rentas, lo que resulta bien elocuente. Ya se opuso, con uñas y dientes, a que las mismas sean publicadas por la Contraloría, alegando incluso la inseguridad reinante en el país, es decir que así los ladrones podrían enterarse de sus respectivos patrimonios –que han de ser cuantiosos, por eso temen– y asaltarlos. Lo que pasa es que la gran mayoría de ellos odia la transparencia, porque tienen mucho que ocultar. Ahora se han dado un reaseguro, en la medida en que no solo quieren seguir impidiendo que sus compatriotas se enteren de sus caudales y, eventualmente, detecten las “omisiones” o los “errores” de sus declaraciones, sino también pretenden que las fraudulentas queden sin el condigno castigo. Resulta que, al decir del diputado Carlos Portillo (PLRA), ellos no son como el común de los ciudadanos, que podrán ir a la cárcel si cometen el delito de perjurio, aunque no se hayan valido de un cargo público para llenarse los bolsillos mediante el tráfico de influencias, entre otras tropelías. Juzgaron en causa propia, en el sentido de que aprobaron una barbaridad en su propio beneficio y, de paso, en el de sus clientelas enchufadas en el aparato estatal.
Si el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, promulgara la ley, se convertiría en cómplice de quienes defienden el derecho a mentir para disimular el enriquecimiento indebido. Si así lo hiciera, la gente podría decir: “Qué tanto, si él está metido hasta el fondo en los fatos”, considerando que las grandes adquisiciones de bienes en el marco de la lucha contra la pandemia lo rozan muy de cerca, por tener a colaboradores y allegados aparentemente involucrados en las corruptelas que se investigan. Está en sus manos despegarse de los corruptos, impidiendo este mayúsculo atropello a la decencia, a la razón y a la Carta Magna.