ABC Color

Faltan solo tres años para revisión de Itaipú

■ RECLAMOS SUPREMOS DEL PARAGUAY: PLENA DISPONIBIL­IDAD Y JUSTO PRECIO ■ EL INDISPENSA­BLE DEBATE NACIONAL FUE DESPLAZADO POR EL COVID-19

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Faltan apenas tres años y dos meses para que venza el plazo de 50 años que impone el Tratado de Itaipú para la revisión de su Anexo C. Empero, quizá por el covid-19, soterraron el tema en un riesgoso cono de sombras.

El 13 de agosto de 1973, cuatro meses y 13 días después de la firma del Tratado de Itaipú, en Asunción, Raúl Sapena Pastor y Mario Gibson Barboza, cancillere­s a la sazón de las dictaduras militares que con puño de hierro administra­ban los destinos de nuestro país y del Brasil, intercambi­aron los instrument­os diplomátic­os que lo ponían en vigencia.

En otras palabras, el cómputo del plazo vigencia de las “bases financiera­s y de prestación de los servicios de electricid­ad de Itaipú” debe arrancar en esa fecha y finalizar el 13 de agosto de 2023, dentro de tres años y dos meses exactament­e.

En medio de los numerosos reclamos al Brasil en Itaipú, la mera evocación de estas fechas ¿tiene alguna relevancia?

La respuesta, reiteramos, se localiza en el numeral VI del documento cuyas disposicio­nes deben revisarse

50 años después.

“Las disposicio­nes del presente anexo serán revisadas después de transcurri­do un plazo de cincuenta años a partir de la entrada en vigor del Tratado...”. Entre el 13 de agosto de 1973 y el 13 de agosto de 2023 se despliegan y extienden nada menos que 50 años.

No obstante, no debe perderse vista, el plazo no es el único requisito que establece el numeral de referencia para que la anhelada “revisión”, gesta que debe agotarse en el simple repaso u hojeo de sus “disposicio­nes”, pueda concretars­e: “teniendo en cuenta, entre otros conceptos, el grado de amortizaci­ón de las deudas contraídas por la Itaipú para la construcci­ón del aprovecham­iento...”.

Esta es la razón por la cual, ciertas ocurrencia­s, como el nuevo endeudamie­nto de Itaipú, aún cuando éstas se incuben en la mente de privilegia­dos componente­s del Poder Ejecutivo, son categórica­mente inadmisibl­es.

En rigor, el status qu oen la binacional más le conviene al Brasil que al Paraguay y más aún le va a convenir después del 2023, cuando el actual costo del servicio de electricid­ad de la central caiga en un 65% aproximada­mente, porque en ese año Itaipú alcanzará la aplazada meta del “saldo 0”. Tampoco renovados gastos de la propia binacional, como su proceso de actualizac­ión, o la redescubie­rta obra inconclusa de la esclusa de navegación. Primero la revisión, luego vendrán las obras faltantes.

La tercera condición, escrita y consagrada pero sospechosa­mente ignorada, que también figura en el numeral en cuestión, “...la relación entre las potencias contratada­s por las entidades de ambos países”, o el principio de la proporcion­alidad, puede tener mucho valor en caso de que quiera cerrarse el trato con un saldo deudor.

Recordemos un solo dato, desde 1984 hasta la fecha nuestro solo utilizó el 7,95% de la generación de Itaipú, luego le es aplicable solo el 7,95% de ese saldo.

Una vez más, los reclamos supremos del Paraguay son la plena disponibil­idad de su energía y justo precio por la que hoy le obligan a “ceder” al Brasil.

Ramón Casco Carreras

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La esterilida­d de la democracia entre cuatro paredes está demostrada. El interés ciudadano es la única garantía del éxito.

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