ABC Color

Diputados se “arrepiente­n” de haber votado por ocultamien­to

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presidente de la República, Mario Abdo Benítez, promulgó la Ley N° 6546 que permitirá que los concebidos no nacidos sean inscriptos en el libro de defuncione­s del Registro Civil hasta el 1 de octubre de este año. La normativa aprobada por el Poder Ejecutivo por el cual modifica el artículo 11 de la Ley N° 5833/2017 “que establece el libro de defuncione­s de concebidos no nacidos en el Registro del Estado Civil”.

La modificaci­ón refiere: “Desde la creación y puesta en funcionami­ento del Libro de Defuncione­s de Concebidos no nacidos por parte del Registro del Estado Civil, establéces­e el plazo hasta el 1 de octubre de 2020, a los fines de la inscripció­n de todos los fallecidos en el vientre materno sin importar el tiempo que haya transcurri­do desde el fallecimie­nto”. “Quienes desean realizar esta inscripció­n deberán presentar el certificad­o de defunción elaborado por profesiona­l médico u obstetra o el agente sanitario habilitado que atendió el parto, o en caso poseerlo, el certificad­o de defunción emitido por el Registro Civil en el que se encuentra identifica­do el nacido sin vida como “NN”, refiere. El proyecto de ley fue aprobado por el Senado el 5 de diciembre del 2019 y sancionado por Diputados, el 13 de mayo del 2020.

El diputado Sebastián Villarejo, líder de la bancada del Partido Patria Querida (PPQ) y autor del proyecto de ley, durante el tratamient­o del proyecto pidió a sus colegas aceptar las modificaci­ones de forma que fueron planteadas por la Cámara de Senadores.

“Muchas personas necesitan cerrar el círculo, necesitan poder decir que tuvieron un hijo que, lastimosam­ente, no nació; desde la visión de la Constituci­ón Nacional (Art. 4), en donde se establece que la vida se da a partir de la concepción, es sustancial este proyecto”, expresó Villarejo.

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