Por propagandas intiman a distritos
SAN LORENZO (Antonia Delvalle C., corresponsal). El juez electoral de Central, abogado Modesto Núñez, intimó a las 19 municipalidades del departamento para que en el plazo de 90 días reglamenten la realización de propaganda electoral en la vía pública, en cumplimiento de los artículos 294 y 295 del Código Electoral.
Núñez explicó que dichos artículos tienen 24 años de vigencia pero que nunca se cumplieron, por lo que pulula en cualquier parte la propaganda.
La situación contribuye a la polución visual y a la usurpación de murallas y otros espacios privados que se llenan de inscripciones con pintura o pasacalles.
El art. 294 obliga a las municipalidades a determinar e indicar los lugares autorizados para la fijación de carteles o murales, así como a tomar medidas para preservar el ornato de sus respectivas ciudades.
Por su parte, el art. 295 dispone que la propaganda callejera solo puede realizarse en las áreas determinadas por las municipalidades, con autorización de los propietarios de los inmuebles afectados.
Los distritos intimados son: Areguá, Capiatá, Fernando de la Mora, Guarambaré, Itá, Itauguá, Lambaré,
Luque, Limpio y Mariano Roque Alonso. Igualmente, Nueva Italia, Villeta, San Antonio, San Lorenzo y Villa Elisa; así como Ñemby, Ypacaraí, Ypané y J. Augusto Saldívar.
Por otro lado, informó que el Tribunal Superior de Justicia Electoral habilitó el número 0983 303043 para denunciar la propaganda electoral extemporánea. El juzgado también estuvo intimando a los intendentes para que procedan a borrarlas o retirarlas.
Las elecciones municipales del 2020 se postergaron hasta el 2021 sin fecha precisa.
Se amplía el mandato actual y se reduce el siguiente.