EDITORIAL
Intendentes y gobernadores incurren en abusos salariales. Al viceministro de Administración Financiera, Óscar Llamosas, le sorprendió que algunos intendentes y gobernadores cobraran sumas muy superiores a la remuneración que le corresponde al Presidente de la República. Siempre que estalla algún escándalo de estas características, cabe preguntar desde cuándo y en qué medida se vienen cometiendo irregularidades similares, que pueden implicar una malversación de fondos o un “cobro indebido de honorarios”. Como existen 256 Municipalidades y 17 Gobernaciones, es muy probable que los casos que salieron a luz sean apenas la punta del iceberg. Lo que acaba de revelarse tiene que ver con el debate en torno a las remuneraciones del personal público, basado en la iniciativa del senador Sergio Godoy. Lo que importa destacar aquí es la necesidad de evitar que la norma, ya aprobada en la Cámara Alta, sea eludida mediante las artimañas de siempre utilizadas para elevar las remuneraciones de los funcionarios del Estado.
Al viceministro le sorprendió de que, Administración al menos en los Financiera, últimos tiempos, Óscar Llamosas, una intendenta que y cuatro el Presidente gobernadores de la República, hayan sido que mejor tiene remunerados una asignación suman 4.908.800 de 33 millones en concepto de guaraníes de gastos mensuales, de representación. a los que se Quien (PDC), se intendenta llevó la palma de Mauricio fue Andresa José Troche, Benítez que Vda. en marzo de Méndez tuvo una abril. asignación Entre los gobernadores, de 66 millones según de guaraníes el registro y otros informático tantos en el más afortunado fue el de Boquerón, Rafael Medina (ANR), pues en cada uno de esos meses cobró 40.079.590 guaraníes (si bien el mismo afirma ahora que percibió solo la mitad de esa suma), en tanto que el menos favorecido fue el de Ñeembucú, Luis Federico Benítez (ANR), que debió contentarse en marzo con 39.700.034 guaraníes y en abril con 37.262.474, tras los descuentos. ¡Ya da para el cigarrillo!, como se dice popularmente.
El viceministro ignora en qué conceptos fueron abonadas dichas sumas, porque los Gobiernos departamentales y municipales tendrían “autonomía”. Vaya por delante que la autonomía no autoriza a violar la Ley Orgánica Municipal (LOM) ni la que establece la Carta Orgánica del Gobierno Departamental. El art. 50 de la LOM dispone que “la remuneración total anual del intendente, incluidos los rubros correspondientes a sueldos, será de hasta el 10% de los ingresos corrientes ejecutados, no debiendo superar bajo ningún aspecto el equivalente a diez salarios mínimos”, salvo el caso del intendente de Asunción. La misma norma dice también que el cálculo del porcentaje referido no debe incluir las transferencias corrientes que reciban las municipalidades.
El salario mínimo vigente es de 2.192.839 guaraníes mensuales, de modo que, en marzo y en abril últimos, las remuneraciones de la intendenta del pequeño municipio triplicaron con creces el límite que, según la ley, no debe ser superado “bajo ningún aspecto”. Suponiendo que hayan estado incluidas en el Presupuesto municipal, es de recordar que el art. 276 de la LOM dispone que los ediles serán personalmente responsables con sus bienes por los daños causados a la Municipalidad al haber autorizado actos ilegales, salvo que hayan hecho constar su disidencia, y que también el intendente y los demás funcionarios son penal y civilmente responsables por violar dicha ley.
Más llamativo aún resulta que el viceministro no haya tenido noticias de los montos percibidos por los cuatro gobernadores, dado que debieron haber remitido al Ministerio de Hacienda la Ordenanza del Proyecto de Presupuesto General del Departamento, incorporada luego al proyecto de ley del Presupuesto nacional. ¿Estuvieron incluidos en él los exorbitantes montos en cuestión, violatorios del art. 50 de la referida Carta Orgánica del Gobierno departamental? En efecto, allí se prescribe que “el gobernador percibirá una remuneración mensual equivalente a la dieta y gastos de representación de un parlamentario”, que juntos ascienden a 33 millones de guaraníes.
Siempre que estalla algún escándalo de estas características, cabe preguntarse desde cuándo y en qué medida se vienen cometiendo irregularidades similares, que pueden implicar una malversación de fondos o un “cobro indebido de honorarios”. Como existen 256 Municipalidades y 17 Gobernaciones, es muy probable que los casos mencionados sean apenas la punta del iceberg.
Lo que acaba de revelarse tiene que ver con el debate en torno a las remuneraciones del personal público, incluso el de las entidades binacionales. La iniciativa del senador Sergio Godoy (ANR) prevé un tope salarial para quienes lo integran de tal modo que ninguno tenga un ingreso fijo mensual que supere el del jefe del Poder Ejecutivo, que asciende a 37.908.800 guaraníes, incluidos los gastos de representación. Lo que importa destacar aquí es la necesidad de evitar que la norma, ya aprobada por la Cámara Alta, sea eludida mediante la artimaña de considerar solo un máximo salarial, sin incluir en el cálculo los numerosos rebusques adicionales inventados para asaltar el Presupuesto en beneficio de la clientela, como el presentismo, la bonificación familiar o la emergente de la responsabilidad en el cargo, entre otros. Hasta quizá se excluyan los gastos de representación que, en Limpio, son tan elevados como la misma dieta de los concejales. Siempre en función de la racionalidad de los emolumentos, es preciso eliminar la participación en las multas de los funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas y de la Subsecretaría de Estado de Tributación, prevista en el proyecto de ley mencionado. Aparte de su manifiesta inmoralidad, ese mordisco a las multas les coloca en una situación de privilegio frente a colegas de otras áreas y hace que, muchas veces, tengan un ingreso anual inmensamente superior al del Presidente de la República.
No hace falta mencionar los descomunales sueldos de las entidades binacionales para describir el caos reinante en materia salarial, con su correlato de injusticias y de despilfarro. El salario del presidente del Banco Central, José Cantero Sienra –34.500.000 guaraníes– supera el de quien lo nombró, es decir, el de quien tiene a su cargo la administración general del país. En definitiva, la tan mentada Reforma del Estado debe incluir un reordenamiento general de la política salarial, de acuerdo al principio de que las remuneraciones deben corresponder a la responsabilidad que conlleva el ejercicio de un cargo. Y es de suponer que ninguna responsabilidad es mayor que la de quien administra los destinos del país, el Presidente de la República.
Es de desear que los supuestos esfuerzos que se están realizando en esta materia no constituyan solo un conato destinado a calmar la indignación de la gente contra los privilegios vigentes en el sector público. Es preciso que no se deje ningún resquicio que permita las manganetas de siempre para que, amparados por sus padrinos políticos, los funcionarios públicos atraquen el presupuesto con rebuscadas figuras.