Explican beneficios de la “ley de factoraje”
A través de la ley “de factoraje” o “pronto pago” se legaliza el procedimiento de endoso de facturas de crédito o contratos, lo que podría dar un respiro a las empresas, especialmente a las más pequeñas cuando requieran liquidez y además, puede aportar dinámica a la economía en este tiempo de crisis.
La ley de factoraje que fue promulgada la semana pasada apunta a dinamizar la economía a través de un mecanismo que permitirá a las empresas canjear sus facturas de crédito o contratos de prestación de servicios en caso que requieran liquidez, detalló el diputado Sebastían García (PQ), proyectista.
El legislador indicó que este instrumento traerá beneficios a todas las partes que involucran la transacción comercial y financiera, pero se espera que el bien sea principalmente para pequeñas empresas que generalmente están más limitadas de recursos y a las que a veces les cuesta sostener plazos impuestos por el cliente para el cobro por la prestación.
Esta ley, que fue impulsada por la comisión de asuntos económicos de Diputados y técnicos del Banco Central, introduce entre otros puntos el concepto de la “factura cambiaria” (física o electrónica), que es el documento que el emisor o proveedor del bien o servicio va a endosar para ceder la deuda a un tercero, que puede ser una entidad financiera o un particular. Por ejemplo, en el caso que un pintor o electricista proveea un servicio a una empresa grande como una telefónica, o un microemprendedor abastezca de productos a un supermercado, generalmente tardan alrededor de 60 días o más para hacer efectivo el cobro por la prestación de servicios. Con el sistema de referencia, puede efectivizar rápidamente. Además otra ventaja que deriva de este tipo de transacciones es que podría alivianar los costos financieros que deriven de los plazos para cobrar una factura a crédito.
Con esta ley, el microemprendedor podrá endosar su factura (el duplicado) a una entidad financiera u otro particular, previo cargo de una comisión, y así podrá cobrar el dinero en caso de que ya necesite liquidez. Finalmente, la entidad financiera o particular a la que fue endosada será la encargada de cobrar al cliente. Previamente
a esta operativa, debe haber una notificación por parte del emisor al cliente que fue “cedido” y si no hay oposición, la operación puede realizarse. Además de las facturas también pueden ser cedidos a terceros los contratos de alquiler u otros que demanden una contraprestación de pago, según detalló el diputado García.
El legislador mencionó que hay mucha expectativa en cuanto al uso de esta herramienta, por la dinámica que puede aportar en las transacciones diarias y porque además permitirá a los microemprendedores proveer más facilmente a las empresas grandes, incluso al Estado.
El legislador sostiene que
el factoraje incluso puede ser considerado como un facilitador de la formalización de las mipymes y de la inclusión financiera. Indicó que muchas microempresas apostarán a la formalización de sus operaciones ya que tendrán mejores condiciones para proveer a empresas de mayor porte. Además la ley 6542 contempla la creación de un sistema electrónico de consultas de datos que estará disponible a los interesados
Sin embargo, como aún falta la reglamentación que estará a cargo del Banco Central (BCP) y la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), se estima que su aplicación estaría en pleno recién dentro de unos meses.