Personas con discapacidad podrán viajar gratis en buses
El Poder Ejecutivo promulgó ayer la ley que permite a las personas con alguna discapacidad viajar de forma gratuita en transportes públicos terrestres.
El servicio debe ser otorgado por las empresas de transporte colectivo terrestre de media, corta o larga distancia urbanos e interurbanos dentro del territorio nacional.
Se trata de la norma N° 6556 que modifica la Ley N° 3365/2007 que exoneraba del pago del pasaje solo a las personas que tenían discapacidad visual y que mediante la modificación se amplió.
Con esta nueva disposición, todas las empresas de transporte público están obligadas a transportar de forma totalmente gratuita a las personas que sufran de alguna discapacidad, además de la visual. En este último caso, se mantiene la vigencia de la gratuidad del costo del pasaje para el acompañante.
Para el efecto, la persona deberá mostrar al chofer del transporte el certificado de discapacidad, que debe ser otorgado por la
Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (Senadis).
De esta manera, cualquier persona con discapacidad, sea cual sea el tipo, podrá subir a estas unidades de transporte colectivo terrestre y trasladarse a cualquier destino al que deban concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole.
El objetivo de esta iniciativa es permitir y favorecer a dichas personas su plena inclusión social.
Según la reglamentación, los buses de media, corta y larga distancia deberán reservar los dos primeros asientos del lado derecho del conducto para uso de personas con discapacidad y su acompañante.
Los choferes que nieguen a dichas personas con discapacidad este beneficio, serán sancionados con una multa de 50 jornales mínimos (G. 4.217.000) para actividades no especificadas de la capital, la que deberá ser abonada a Senadis.