Suspensión del proceso para LT 500 kV
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) recomienda a la ANDE que, como medida de prudencia administrativa, suspenda la continuidad del procedimiento licitatorio o de la ejecución contractual en el marco de la Licitación Internacional Nº 1542 debido a las protestas que presentó la Kaltaparu Power Transmission Ltda. y el Consorcio Soberanía Eléctrica (CIE SA - Tecno Electric SA).
Impugnaciones
La impugnación de ambas oferentes se refiere a la Licitación Pública Nacional N° 1542 para el Proyecto de Construcción e Interconexión de la Subestación Yguazú 500 KV.
Contrataciones Públicas añade en su resolución N° 2875/19, que en atención a lo establecido en el Art. 83 de la Ley Nº 2051/2003, que establece que, como consecuencia de una protesta, se podrá resolver la nulidad del acto o actos irregulares estableciendo, cuando proceda, las directrices necesarias para que el mismo se reponga conforme a la ley o la nulidad total del procedimiento. “Por tanto, será exclusiva responsabilidad de la convocante la ejecución de un contrato cuyos actos administrativos previos cuenten con impugnaciones sustanciadas en esta Dirección Nacional, como así también todas las consecuencias administrativas que deriven de su decisión”, añade.
Esta institución designa al Abog. Rodrigo Gaona como funcionario responsable de sustanciar los procedimientos de protesta. “Del pedido de suspensión por parte de la firma Kaltaparu Power Transmission LTDA, vista a la convocante para que se expida de conformidad a lo establecido en el art. 82, inciso b de la Ley 2051/03 y del art. 4º del Decreto Nº 7.434/11, en un plazo 3 (tres) días hábiles”, señala. Es así que la ANDE tiene tiempo hasta el lunes 20 de julio para responder y después deberá esperar la resolución del caso por parte de la DNCP.