Aún no sancionarán por cheques sin fondo
La Ley N° 6587, que establece el programa Pytyvõ 2.0, también modifica algunos artículos de la Ley N° 6524 de emergencia sanitaria en lo que se refiere a la inhabilitación de cuentas corrientes bancarias extendiendo su plazo.
En su artículo 8°, la ley Pytyvõ modifica el artículo 51 de la ley de emergencia y establece que “excepcionalmente, hasta el 31 de octubre de 2020 inclusive, considerando los efectos económicos de la situación de emergencia sanitaria, los bancos de plaza se abstendrán de aplicar y comunicar a la Superintendencia de Bancos sanciones de inhabilitación de cuentas corrientes bancarias, además de cualquier otro costo que pudiera imputarse, previstas en varias leyes.
La ley de emergencia sanitaria establece esta misma disposición, pero el plazo hasta el 1 de julio. En tanto, ambas leyes disponen que para ser beneficiario de esta medida excepcional, el librador deberá haber comunicado a su respectiva entidad bancaria el libramiento del o los cheques que generarían la sanción dentro de los 5 días hábiles de la entrada en vigencia de la ley.
Añade que si en el periodo de vigencia de esta medida se diera el rechazo de más de tres cheques por insuficiencia de fondos, la entidad bancaria estará exonerada de cancelar la cuenta corriente.
En marzo pasado, tras la aprobación de la ley de emergencia, el Banco Central del Paraguay (BCP) dispuso, por Resolución N° 3, que las entidades bancarias estarán exoneradas de aplicar la sanción de inhabilitación para operar en cuenta corriente y de cancelar las cuentas corrientes en las que se haya procedido al rechazo de más de tres cheques por insuficiencia de fondos, siempre que se den las condiciones, entre ellas que el librador haya comunicado al banco, dentro del plazo fijado, el libramiento del cheque o los cheques que generarían la sanción; y que el rechazo por insuficiencia de fondos se dé en el período de vigencia de la medida excepcional.