ABC Color

Voto en disidencia descarta obligación de municipali­dad

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Para el camarista Giuseppe Fossati, la Municipali­dad de Asunción no tiene porqué cargar con los honorarios de los abogados de Ivesur, Juan Ernesto Villamayor y Sergio Coscia, quienes se desempeñan actualment­e como jefe del gabinete civil de la presidenci­a y procurador general de la República, respectiva­mente.

“La procedenci­a de la inhabilida­d de título es notoria, por cuanto se omitió la fase de reconocimi­ento de los laudos arbitrales cuya ejecución se pretende y además, no surge de autos que la Municipali­dad de Asunción sea legitimada pasiva para la ejecución propuesta”, concluye Fossati.

Fossati expuso su disidencia en el fallo por el cual el Tribunal de Apelación en lo civil y comercial, 4ª sala, con los votos de

Antonia López y Enrique Mongelós, ratificó la sentencia que condena a la comuna capitalina a pagar más de G. 3.000 millones a ambos letrados.

La Municipali­dad no desconoce los honorarios de los abogados de Ivesur, pero sí cuestiona que sea ella la obligada a pagarlos y no la empresa que los contrató. Su abogado Luis Darío Galeano destaca la existencia de un acuerdo transaccio­nal entre la empresa ITV SA (Ivesur) y la comuna. Argumenta que al existir dicha transacció­n se activa la disposició­n del art. 199 del Código Procesal Civil, según el cual, en dichos casos las costas se imponen en el orden causado, máxime cuando en el acuerdo transaccio­nal nada se ha dicho sobre los honorarios.

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