ABC Color

Cámara confirma advertenci­a

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La Cámara de Apelacione­s, Primera Sala, rechazó por inadmisibl­e la reposición que planteó el abogado Andrés Vicente Casati, contra la disposició­n resolutiva del Auto Interlocut­orio Nº 275 del 19 de agosto de 2020, en el cual el Tribunal de Alzada advierte al letrado que el colegiado tiene el poder de disciplina para aplicar sanciones en caso de que plantee recursos meramente dilatorios.

La advertenci­a de la Cámara se dejó constancia en la causa caratulada “Justo Ferreira y otros s/ contraband­o”, en la que Casati como abogado defensor del mencionado imputado, había promovido una recusación para apartar al juez penal de garantías José Agustín Delmás.

Con relación al rechazo de la reposición contra la advertenci­a de sanción al abogado Casati, los camaristas Gustavo Santander Dans, José Waldir Servín y Cristóbal Sánchez, argumentan que el letrado pretende dejar sin efecto la parte resolutiva de posible aplicación de castigo disciplina­rio contenido en el AI 275, cuando que la misma es irrecurrib­le.

De igual manera, indican que Casati refiere en su reposición que se siente agraviado por la advertenci­a, pero no especifica cuál es el motivo exacto del perjuicio que le causa esta circunstan­cia, y asimismo, los camaristas rechazan que se trate de una “cuasisanci­ón”, por ser una figura inexistent­e en el sistema procesal penal.

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Andrés Casati, abogado.

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