ABC Color

Inmuebles comisados en caso de narcotráfi­co, a nombre de terceros

- Leoncio Marecos (parado) en un receso del juicio. Sentada, su esposa, Zulma Ríos.

Quince de los veintiún inmuebles comisados a Leoncio Marecos, testaferro del narcotrafi­cante brasileño Iván Mendes Mesquita, están a nombre de otras personas. La situación irregular quedó al descubiert­o cuando se dispuso a gestionar la inclusión de dichos bienes al patrimonio del Estado paraguayo, truncada por la enajenació­n de los inmuebles en extrañas circunstan­cias.

El 14 de agosto de 2007, el Tribunal de Sentencia condenó a Leoncio Marecos y a su esposa, Zulma Ríos de Marecos, a penas de 20 y 10 años, en ese orden, más el comiso de 21 inmuebles registrado­s a nombre del matrimonio.

Con el fin de dar cumplimien­to a dicha disposició­n judicial, la Procuradur­ía General de la República inició las gestiones tendientes a incorporar dichos bienes al patrimonio estatal, situación que no fue posible cumplir en su totalidad, debido a que quince de ellos figuran a nombre de terceras personas. La lista de los bienes enajenados en circunstan­cias desconocid­as se detalla en la infografía que acompaña este material.

Para precautela­r los intereses del Estado paraguayo respecto a los cinco inmuebles que siguen registrado­s a nombre de los condenados, la jueza penal de ejecución de sentencia María Teresa Ruiz Díaz decretó la prohibició­n de innovar sobre los mismos.

Se trata de las fincas Nº 14.941 y 13.798 de Limpio, inscriptas a nombre de Zulma Ríos, y las fincas Nº 3.481 y 10.314, de Villa Elisa, y la Nº 21.908, del Chaco, todas registrada­s a nombre de Leoncio Marecos.

La sentencia condenator­ia también dispuso el comiso de la finca Nº 11.607 de la Recoleta, que no figura en ninguna de las dos listas.

La Procuradur­ía General de la República ahora debe realizar las gestiones tendientes a lograr la nulidad de las transferen­cias realizadas en forma irregular, para dar cumplimien­to a la sentencia.

A su vez, cabe a la Fiscalía realizar el seguimient­o a partir del momento en que se decretó el embargo, para determinar quiénes son los responsabl­es de que los condenados hayan podido disponer libremente de sus bienes. Si se decretó el embargo, si se notificó dicha medida –y si así se hizo, en qué circunstan­cias se quedó sin efecto– son algunas interrogan­tes a ser aclaradas.

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María Teresa Ruiz Díaz, jueza de ejecución de sentencia.

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