Sinvergüenzas agavillados tras los fueros. Pág. 8
Los fueros, esas ciertas inmunidades que la Constitución otorga a los legisladores, suelen ser aprovechados por los afortunados “representantes del pueblo” como una coraza, cuando son requeridos por la Justicia por presuntos hechos punibles, generalmente de corrupción. Según lo establecido en nuestra Carta Magna, los legisladores no pueden ser querellados por lo que opinen en el ejercicio del cargo y, desde que son electos hasta que terminen sus funciones, solo pueden ser detenidos si son hallados en flagrante delito penado con la cárcel. Pero el fuero no es una patente de corso para delinquir con impunidad, como creen sus poseedores, sino una protección especial contra la aprehensión o el procesamiento arbitrarios. Lamentablemente, estas disposiciones fueron acomodadas a los intereses de los líderes y grupos políticos, y la decisión de si un determinado parlamentario es despojado o no de sus fueros a pedido de la Justicia es tomada según “la cara del cliente”. Desaforar no implica condenar, sino solo poner a disposición de la Justicia a un indiciado.
Los fueros, esas ciertas inmunidades que la Constitución otorga a los legisladores, suelen ser aprovechados por los afortunados “representantes del pueblo” como una coraza, cuando son requeridos por la Justicia por presuntos hechos punibles, generalmente de corrupción.
Según lo establecido en nuestra Carta Magna, los legisladores no pueden ser querellados por lo que opinen en el ejercicio del cargo y, desde que son electos hasta que terminen sus funciones, solo pueden ser detenidos si son hallados en flagrante delito penado con la cárcel; si así fuera, la autoridad que intervenga debe ponerlos bajo custodia en su domicilio, dando cuenta inmediata del hecho a la Cámara respectiva y al juez competente, a quien debe remitir los antecedentes a la brevedad. Los parlamentarios no pueden ser procesados antes de que el cuerpo que integran los desafuere por una mayoría de dos tercios, previo examen del “mérito del sumario” comunicado por el juez. Pero el fuero no es una patente de corso para delinquir con impunidad, como creen sus poseedores, sino una protección especial contra la aprehensión o el procesamiento arbitrarios. En realidad, pertenece a la Cámara, pues ella hasta podría rechazar la renuncia al fuero presentada en un caso concreto por uno de sus miembros. Lamentablemente, estas disposiciones fueron acomodadas a los intereses de los líderes y grupos políticos, y la decisión de si un determinado parlamentario es despojado o no de sus fueros a pedido de la Justicia es tomada según “la cara del cliente”.
La renuncia voluntaria al fuero para someterse a los jueces, confiando en la propia inocencia, no es lo que se estila, ni mucho menos. Al contrario, el afectado suele aferrarse a su prerrogativa, confiando en que el espíritu de cuerpo, fundado en el principio “hoy por ti y mañana por mí”, habrá de librarle del duro trance de ser sometido al abordaje judicial. Esto hace que un escaño resulte muy atractivo, y se han revelado elevadas sumas pagadas para comprar un buen lugar en las listas de candidatos para las elecciones internas y así asegurar uno de ellos.
El blindaje que supone el fuero se suma a la posibilidad de recuperar lo invertido y acrecentar la fortuna mediante el tráfico de influencias o la venta de votos. Siempre que tenga el apoyo solidario de sus colegas, un legislador podrá quedar a salvo de una persecución penal por los hechos punibles que haya cometido antes de ocupar su banca o mientras esté representando al pueblo.
La prescripción de la acción penal queda interrumpida, de modo que el sospechoso podrá ser enjuiciado recién cuando no sea reelecto y vuelva a ser un ciudadano “común”. Entretanto, no solo habrá ganado algún tiempo o hasta acrecido su patrimonio, sino que también podrá confiar en que el hecho investigado se vaya “enfriando”. Pero también es grave que el legislador podrá litigar en condiciones favorables, tal como lo señaló el fundador de este diario en la querella por difamación, calumnia e injuria planteada contra él, en 2016, por el entonces senador Víctor Bogado: “En tanto está protegido por sus fueros parlamentarios, goza de inmunidad, por lo que no debería intervenir directamente en un proceso penal en calidad de víctima, salvo que, conforme al principio de igualdad, en forma similar a la persona a quien querella, esté despojado de la inmunidad predicha”. Que el legislador se aferre al fuero es un serio indicio de que se sabe tan culpable como aquel que, una vez desaforado, se dedica a trabar el proceso mediante chicanas sistemáticas. Y que la Cámara que integra lo proteja de entrada implica, de hecho, que no está interesada en que se cumpla lo dispuesto por el art. 257 de la Constitución: “Los órganos del Estado se subordinan a los dictados de la ley, y las personas que ejercen funciones al servicio del mismo están obligadas a prestar a la administración de Justicia toda la cooperación que ella requiera para el cumplimiento de sus mandatos”. Los parlamentarios que ignoran este deber traicionan a las víctimas, que, en última instancia, son todos sus representados cuando está en juego el dinero público. De esta forma, las Cámaras se asemejan a verdaderas “asociaciones para delinquir”.
El último lunes, el juez José Delmás solicitó el desafuero del senador Rodolfo Friedmann y el del diputado Éver Noguera, ambos colorados abdistas, que fueron imputados por delitos varios cometidos otrora en el marco de la provisión de kits de almuerzos escolares por parte de la Gobernación del Guairá. Ya en la sesión del miércoles, el segundo de ellos se dijo inocente y pidió, como moción de privilegio, que el pedido fuera rechazado, recurriendo a “la garantía política que tiene un ciudadano electo”. Su solicitud fue prontamente aceptada por amplia mayoría, gracias al voto de 39 correligionarios suyos, es decir, por casi todos ellos, salvo Ramón Romero Roa y Rodolfo González, que se opusieron junto con 17 diputados de otros partidos. El pedido judicial ni siquiera fue trasladado a una comisión y la Cámara Baja no se tomó un tiempo para examinar “el mérito del sumario”, tal como dispone la Constitución. Se tuvo el descaro de rechazar el desafuero a ojos cerrados, tan “meteóricamente” como habría llegado el pedido, según arguyó la diputada Jazmín Narváez (ANR, abdista), sin tomarse la molestia de estudiar los antecedentes. De hecho, “la garantía política” invocada implicó más que una aberrante desvirtuación del fuero parlamentario para impedir que un compinche sea juzgado por la presunta comisión de delitos tan graves como los de administración en provecho propio y asociación criminal. Por de pronto, el Senado tuvo la delicadeza de esperar que una comisión dictamine sobre el pedido de desafuero de Friedmann, de modo que es de suponer que al menos algunos de sus miembros se van a enterar de los antecedentes.
Lo que de nuevo ha resultado claro es que la Cámara de Diputados ha vuelto a demostrar su renuencia a que las presuntas corruptelas de sus miembros sean castigadas al cabo de un juicio oral y público. Desaforar no implica condenar, sino solo poner a disposición de la Justicia a un indiciado. Ni siquiera eso han querido los presurosos legisladores que decidieron mandar al archivo un caso tan indignante como el que supone embolsar el dinero público destinado a la alimentación de niños, según cree el Ministerio Público.