Paraguay entra como perdedor en el negocio internacional de marihuana
Nuestro país cuenta con una ley que sirve como marco regulatorio para la producción del cannabis con fines medicinales. La Ley 6007/17 tiene un escueto decreto reglamentario. La regulación real está a cargo del Ministerio de Salud. Antes que favorecer la producción, se fortalece la especulación.
La Ley 6007, promulgada el 27 de diciembre de 2017, tiene como finalidad establecer el marco regulatorio para la producción y uso medicinal de marihuana.
La ley está reglamentada por el Decreto 9303/18. El documento del Poder Ejecutivo es escueto en extremo, resultado de esta situación es que la ley se aplica a través de resoluciones del Ministerio de Salud y el Ministerio de Agricultura.
El 27 de diciembre de 2019, el Ministerio de Agricultura y Ganadería dictó la resolución 1595 que dispone las condiciones que debe cumplir un productor para tener su licencia.
Así también limita a dos hectáreas la superficie máxima para cultivar cannabis con la finalidad de producir cáñamo a partir de sus filamentos.
La solicitud de licencia ante el Ministerio de Agricultura deber estar acompañada del permiso expedido por el Ministerio de Salud; el cáñamo elaborado a partir del filamento de marihuana no tiene ninguna relación con cuestiones sanitarias.
El Ministerio de Salud, por su parte, estableció la resolución 433, con fecha 12 de setiembre de 2019. Dispone que la Dirección de Vigilancia Sanitaria es la responsable de expedir los registros para producción de cannabis de uso medicinal.
Paraguay entra como perdedor
La aplicación real de la
Ley 6007/17 está a cargo de resoluciones ministeriales, por lo tanto, fácilmente se puede cambiar la regulación en el negocio de marihuana medicinal.
La falta de un decreto reglamentario que otorgue garantías jurídicas se traduce en un escaso interés para invertir en el país, por parte de empresas extranjeras. Si agregamos inestabilidad jurídica y corrupción del Poder
Judicial, ya tenemos una radiografía detallada del país.
A diferencia de Paraguay, Uruguay y Colombia tienen un mercado abierto en materia de inversiones para investigación y producción con el uso de cannabis medicinal: se cumple la normativa y la empresa recibe su licencia.
Paraguay realiza una suerte de licitación aleatoria entre empresas interesadas en
el negocio de la marihuana medicinal.
A lo largo del 2019, el Ministerio de Salud otorgó licencias a 12 empresas, a las que se suman otras dos que recibieron el permiso este año.
Del listado de 14 empresas, Laboratorios Lasca es la única que realmente tiene producción y ofrece cannabis medicinal en nuestro mercado; las demás existen solo de nombre. ¿Las 13 restantes? No se tiene informes sobre producción real. En teoría, si al cabo de un año no realizan inversiones, se retira la licencia respectiva.
Una empresa extranjera interesada en invertir en nuestro país necesariamente debe asociarse con una firma local que ya cuente con la
licencia: esta asociación implica una “inversión” extra de cuatro millones de dólares.
Representantes de empresas uruguayas que llegaron al Paraguay con interés en radicarse confirmaron que esta millonaria suma es la que piden algunas firmas que ya cuentan con la licencia otorgada por el Ministerio de Salud.
La ley aplicada a través de resoluciones ministeriales se convierte en una herramienta especulativa antes que productiva.
El mercado de producción de cannabis de uso medicinal tiene que abrirse a toda empresa interesada en desarrollar la industria. Caso contrario, seguiremos siendo furgón de cola en un negocio que se va consolidando.