Abdo promulgó ayer ley de ollas populares
El Poder Ejecutivo promulgó ayer la Ley N° 6603 mediante la cual se liberan recursos para las ollas populares en todo el país, mientras dure la emergencia dictada por la pandemia del covid-19.
Según la norma, se utilizarán los fondos no ejecutados de la línea de crédito autorizada en el artículo 33 de la ley que declara en Estado de Emergencia Sanitaria a todo el Paraguay. Es decir, que Hacienda debe verificar el préstamo de hasta US$ 1.600 millones que realizaron durante la pandemia para verificar cuánto no se ejecutó del mismo y distribuir eso a tres instituciones.
Las entidades encargadas de proveer los insumos y controlar las ollas populares en todo el país serán la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) que para el efecto recibirá G. 15 mil millones, el Ministerio de Desarrollo Social (MDS) y el Instituto Nacional del Indígena (INDI), las cuales recibirán G. 10 mil millones cada una para cumplir con la norma.
La ley obliga a priorizar la compra de alimentos de la agricultura familiar, y otros insumos, mediante una reglamentación que debe ser elaborada por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). Se contará con planillas que registren los insumos recibidos y las personas que a diario están siendo beneficiadas.
Las tres instituciones tienen que publicar la lista de comunidades beneficiadas, el número de ollas populares dentro de cada comunidad, y la identidad de las personas encargadas de la recepción y provisión de alimentos. Cada ente deberá tener una mesa de reclamos y publicar los mismos con las respuestas oficiales.
El pasado 9 de setiembre, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 6601 que establece el régimen especial para la Donación de Alimentos.
La norma establece que se podrá disponer de aquellos alimentos aptos para el consumo humano que hayan sido decomisados u obtenidos en procedimientos de fiscalización. También se dispondrá de los alimentos que no puedan ser comercializados por apariencia, frescura, madurez, tamaño, mal embalaje, envases dañados o defectuosos, proximidad del vencimiento. Todo ello, previo análisis laboratorial.
Se crea el Consejo Nacional para la Donación de Alimentos que estará integrado por representantes del sector público y privado, siendo el nexo el MDS que será el organismo ejecutor. La ley prohíbe la comercialización de los donativos.