Tasa de crédito en los bancos hasta 34,88%
Los topes para tasas consideradas usurarias en el sistema regulado siguen bajando sostenidamente desde el 2015 y se encuentran actualmente en niveles históricamente bajos, según los datos oficiales.
Para octubre próximo, la tasa para préstamos en el sistema financiero regulado por el Banco Central del Paraguay (BCP) no podrá superar el 34,88% de interés anual para créditos en guaraníes. Este límite es inferior al vigente en este mes de 35,50% y de los meses y años anteriores.
Según los registros históricos, en 2014 la tasa para usura se ubicó en 57,13%, para bajar al 50% en 2015, y 42% en 2016 y así sucesivamente en los años posteriores. Esta fuerte caída en los límites de usura se dieron principalmente desde la vigencia (setiembre de 2015) del tope a las tarjetas de crédito.
Las entidades que sobrepasen estos topes serán consideradas usurarias y penalizadas por la ley de bancos.
Con la incorporación de las casas de crédito como sujetos obligados de la ley de bancos, ya estarán bajo supervisión del BCP y con ello se irán incorporando exigencias que rigen para el sistema, entre ellas la del tope en tasas de crédito, y ya no podrán cobrar tasas del 90% o 100% de interés como tienen por costumbre algunas de estas entidades.
Si bien la exigencia del registro rige desde este año, desde el BCP explicaron que se irán incorporando reglamentaciones para ir adecuando al sector a las nuevas obligaciones que les compete como reguladas, entre ellas la transparencia en sus costos.
Por otra parte, las tasas de interés que se cobran por tarjetas de crédito en bancos y financieras tienen un techo de 11,70%, que es el fijado por la Superintendencia de Bancos (SIB) como tope en setiembre. Este porcentaje es el más bajo desde la implementación de los topes en 2015, cuando se dispuso un techo sobre las tasas que cobran las intermediarias a los usuarios.
Estos límites en la valoración de las tarjetas rigen desde el año 2015, y los mismos pueden llegar hasta tres veces la tasa pasiva (ahorros), de acuerdo con la Ley Nº 5476/15.