Fiscalía asegura tener otras pruebas
Sorprendió a muchos que el propio Ministerio Público haya solicitado excluir del juicio oral la pericia de uno de los audios filtrados que fue ofrecida por la defensa del exsenador Jorge Oviedo Matto, y más aún que la fiscal Natalia Fúster haya aclarado que no utilizará las grabaciones como evidencia porque fueron obtenidas sin autorización judicial.
Al respecto, la agente del Ministerio Público indicó que el objetivo es evitar un posible incidente de nulidad total por parte de la defensa, ya que para la Fiscalía ya se han obtenido todas las pruebas necesarias para sostener la acusación sin contar con los audios.
“Contamos con pericias documentales, declaraciones testimoniales, una auditoria de gestión inmediata sobre las causas que mencionan los acusados en las grabaciones y cruces de llamadas que se obtuvo de las telefónicas de forma legal. Estos elementos serán suficientes para que en el juicio oral se confirme la comisión de los hechos de asociación criminal y tráfico de influencias”, explicó la fiscal Fúster.
Por su parte, el agente fiscal Rodrigo Estigarribia puntualizó que la legalidad o no de los audios filtrados y divulgados en diciembre de 2017 por ABC Cardinal, no es objeto de análisis en el juicio oral y público contra Óscar González Daher, Raúl Fernández Lippmann, Jorge Oviedo Matto y el abogado Carmelo Caballero.
Sobre el punto señaló que existen otros elementos de prueba y que, incluso, las propias víctimas “pueden demostrar que recibieron esa extorsión para decidir en tal o cual sentido”.
Estigarribia agregó que los audios filtrados, que en el 2017 revelaron un esquema de corrupción que lideraba el entonces senador por la ANR Óscar González Daher, desde el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, hacen que el sistema judicial tenga que sopesar sobre dos bienes jurídicos; por un lado la intimidad de las personas y por otro, la corrupción pública y la justicia para todos los paraguayos.
“¿Cuál tiene mayor peso?”, preguntó el agente del Ministerio Público al tiempo de aclarar que en el proceso no se habla de la intimidad de los procesados, sino de cuestiones que realizaban dentro del ejercicio de sus funciones como empleados del Estado.