SET reglamenta nuevo formulario IRP
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió ayer la reglamentación que dispone los nuevos formularios para liquidación del impuesto a la renta personal (IRP) y establece criterios relativos a la sesión de bienes inmuebles, sociedad conyugal, retenciones, las documentaciones de respaldo, la declaración jurada, pago y el procedimiento para la inscripción y actualización de datos en el RUC, entre otros aspectos.
Para la liquidación del IRP, los contribuyentes deberán utilizar los formularios Nº 515 para los ingresos de rentas personales y Nº 516 para las ganancias de capital, mientras que el código de la obligación para liquidación y pago del referido impuesto sera del 715 y 716 respectivamente, de acuerdo con lo establecido por la Resolución
General Nº 69/2020 emitida ayer por la SET.
En tanto que la versión digitalizada (para imprimir) de ambos formularios, se encuentran disponibles en el portal digital de la Administración Tributaria: www.set.gov.py, y a partir del mes de diciembre estarán disponibles en el Sistema Marangatu para su presentación vía clave de acceso.
Además, la citada normativa emitida por el fisco aclara varios aspectos relacionados a las Rentas y Ganancias de Capital como la cesión de bienes como anticipo de herencia que son gravados por el impuesto, así como la determinación de la renta gravada en los arrendamientos (alquileres).
En cuanto a las Rentas derivadas de la Prestación de Servicios Personales, la reglamentación realiza precisiones en cuanto a las rentas en especies (auto, terreno u otro bien material recibidos como pago por servicios), egresos a favor de los familiares a cargo y asistencia alimentaria, lo comprendido en relación a los subsidios, los esparcimientos en el país, así como los egresos por movilidad, pólizas, medicina prepaga, viviendas y su declaración y pago, entre otros aspectos.
Los interesados en consultar la Resolución General Nº 69/2020, pueden ingresar al portal de la SET www.set.gov.py en la sección de normativas.