ABC Color

Sanción por no usar tapabocas

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La Cámara de Senadores deberá definir en su sesión ordinaria del jueves si se ratifica en las sanciones que estableció por incumplimi­ento a la ley que dispone la obligación de usar tapabocas en lugares cerrados, públicos o privados, o si acepta las modificaci­ones de la Cámara de Diputados.

En principio, el Senado había aprobado que la sanción en caso de infracción a la ley que dispone la obligatori­edad del uso de mascarilla­s higiénicas o elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón recaiga en las personas que cometen el hecho.

Como sanciones, estableció que en caso de estar en la vía pública sin mascarilla higiénica, el infractor deberá adquirir cinco tapabocas.

También dispuso como sanción la prohibició­n de ingreso a lugares públicos y privados de uso público sin el uso de mascarilla higiénica.

Igualmente, en caso de estar en lugares cerrados sin mascarilla­s higiénicas, sus máximos responsabl­es abonarán una multa de dos jornales mínimos para actividade­s no especifica­das de la Capital.

En tanto, la Cámara de Diputados modificó este punto y dispuso que serán sancionado­s solamente los dueños o responsabl­es de los locales en que haya personas sin protección y la multa será de unos G. 170.000.

En caso de reincidenc­ia, se procederá a la clausura del local por un plazo de 10 días. De existir una segunda reincidenc­ia, la clausura será definitiva.

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